III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Premios. (BOE-A-2011-10034)
Resolución de 26 de mayo de 2011, de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, por la que se convoca el certamen de fotografía sobre cultura popular, correspondiente a 2011.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137

Jueves 9 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 58847

El importe de este premio se abonará con cargo a las dotaciones presupuestarias
asignadas a la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales (Subdirección General
de Museos Estatales, aplicación presupuestaria 24.03.333A.482.02).
2. Se podrán otorgar menciones honoríficas a las candidaturas que a juicio del jurado,
resulten merecedoras de tal reconocimiento.
3. Los galardonados podrán hacer mención del premio en sus acciones de promoción
y publicidad, haciendo siempre referencia de forma destacada a la modalidad, a la edición
del Premio y al órgano convocante del mismo.
Séptimo.

Ordenación, instrucción y resolución del procedimiento.

1. El órgano competente para la instrucción del procedimiento es la Dirección General
de Bellas Artes y Bienes Culturales.
2. El Jurado elevará la propuesta del fallo del Certamen y, en su caso, de las
menciones honoríficas, a través de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales,
al Ministro de Cultura. El Certamen podrá ser declarado desierto en todas o algunas de
sus categorías.
3. La Ministra de Cultura dictará la correspondiente orden de concesión de los
premios.
La orden de resolución habrá de ser motivada, con alusión a los criterios de valoración
y determinación de los premiados, haciendo constar de manera expresa, la desestimación
del resto de las solicitudes.
La orden de resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de seis meses desde
la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
4. La orden de resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida,
potestativamente en reposición de acuerdo con lo establecido en el artículo 116 y 117 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, o bien ser impugnada directamente ante la
jurisdicción contencioso-administrativa, en la forma y plazos previstos en la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En ningún caso
podrán simultanearse ambas vías de impugnación.

1. Los participantes deberán comprometerse, en el propio escrito de presentación al
Certamen, a ceder los derechos de publicación de una primera edición de los trabajos
fotográficos, en formato impreso o por cualquier medio electrónico de difusión, así como a
autorizar su exposición pública, en el caso de que resultaran premiados, con menciones
honoríficas o seleccionados. Este compromiso no implica la cesión o limitación de los
derechos de propiedad intelectual de los autores de esos trabajos.
2. Los trabajos fotográficos no seleccionados podrán ser retirados por los autores en la
sede el Museo del Traje en el plazo de cuatro meses, una vez publicado el fallo del Jurado.
Finalizado este plazo los trabajos pasarán a formar parte de los fondos documentales del
Museo del Traje, Centro de Investigación del Patrimonio Etnológico y podrán ser exhibidos
en actividades organizadas por esta institución. Los trabajos premiados o con menciones
honoríficas pasarán directamente a integrar los fondos documentales del citado Museo.
3. La Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales se reserva el derecho de
publicar y exponer los trabajos premiados.
4. Conforme a lo establecido en el artículo 14.1.e) de la Ley General de Subvenciones,
los beneficiarios deberán acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución
de concesión que se hallan al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias
y frente a la Seguridad Social, en la forma que se determine reglamentariamente, y sin
perjuicio de lo establecido en la disposición adicional decimoctava de la Ley 30/1992,

cve: BOE-A-2011-10034

Octavo. Entrega de los premios.–La entrega de los premios y las menciones
honoríficas, en su caso, se efectuará en un acto o actos públicos, convocados al efecto, a
los que se les dotará de la trascendencia, solemnidad y publicidad adecuadas.
Noveno. Obligaciones de los participantes.