III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Premios. (BOE-A-2011-10034)
Resolución de 26 de mayo de 2011, de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, por la que se convoca el certamen de fotografía sobre cultura popular, correspondiente a 2011.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137
Jueves 9 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 58846
Estado» del 14). El solicitante podrá solicitar de los Registros, recibo que acredite la fecha
de presentación de su obra.
9. El plazo de presentación de los trabajos finalizará el 31 de agosto de 2011.
10. Conforme a lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, si la solicitud no cumple los requisitos exigidos en la convocatoria, se requerirá al
interesado para que, en el plazo máximo de diez días, subsane las faltas o remita la
documentación requerida.
11. No se admitirá la presentación de las solicitudes por servicios privados de
mensajería.
Cuarto.
Jurado.
1. El fallo del Certamen corresponderá a un Jurado designado por el Ministro de
Cultura, a propuesta del Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Orden CUL/327/2008, de 28 de enero.
2. El jurado estará compuesto por los siguientes miembros:
Presidente: El Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales o persona en quien
delegue.
Vocales:
Dos fotógrafos de reconocido prestigio profesional.
Tres expertos especializados en la temática del Certamen.
Secretario: un funcionario del Ministerio de Cultura, designado por el Director General
de Bellas Artes y Bienes Culturales, que actuará con voz pero sin voto.
3. En lo no previsto expresamente, el funcionamiento del Jurado se regulará por las
normas contenidas en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
4. Los miembros del Jurado tendrán derecho a percibir las gratificaciones
correspondientes por sus trabajos de asesoramiento, con las limitaciones establecidas por
la legislación vigente sobre incompatibilidades y, en su caso, los gastos de locomoción y
alojamiento en que pudieran incurrir para el desarrollo de dichos trabajos.
Quinto.
Criterios de valoración.–Se valorará:
a) La calidad fotográfica y artística de los trabajos, como medio de comunicación y
expresión plástica, entre cero y diez puntos por cada miembro del jurado.
b) Y de manera singular que el tema tratado resulte de interés, ya sea por su
relevancia etnográfica y para el estudio antropológico de las distintas culturas populares
del Estado español, por referirse a culturas en contextos de crisis y cambio o poco
conocidas, o por abordar situaciones de actualidad, entre cero y 20 puntos por cada
miembro del jurado.
Resultarán premiados los tres trabajos que mayor puntuación obtengan, por orden de
puntuación, y todos aquellos que superen la mitad de la puntuación máxima serán
seleccionados a los efectos de lo previsto en el apartado noveno, punto 1.
Sexto. Cuantías de los premios.
Se concederán tres premios, dotados con las siguientes cantidades:
Primer premio: 5.000,00 euros.
Segundo premio: 4.000,00 euros.
Tercer premio: 3.000,00 euros.
cve: BOE-A-2011-10034
1.
Núm. 137
Jueves 9 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 58846
Estado» del 14). El solicitante podrá solicitar de los Registros, recibo que acredite la fecha
de presentación de su obra.
9. El plazo de presentación de los trabajos finalizará el 31 de agosto de 2011.
10. Conforme a lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, si la solicitud no cumple los requisitos exigidos en la convocatoria, se requerirá al
interesado para que, en el plazo máximo de diez días, subsane las faltas o remita la
documentación requerida.
11. No se admitirá la presentación de las solicitudes por servicios privados de
mensajería.
Cuarto.
Jurado.
1. El fallo del Certamen corresponderá a un Jurado designado por el Ministro de
Cultura, a propuesta del Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Orden CUL/327/2008, de 28 de enero.
2. El jurado estará compuesto por los siguientes miembros:
Presidente: El Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales o persona en quien
delegue.
Vocales:
Dos fotógrafos de reconocido prestigio profesional.
Tres expertos especializados en la temática del Certamen.
Secretario: un funcionario del Ministerio de Cultura, designado por el Director General
de Bellas Artes y Bienes Culturales, que actuará con voz pero sin voto.
3. En lo no previsto expresamente, el funcionamiento del Jurado se regulará por las
normas contenidas en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
4. Los miembros del Jurado tendrán derecho a percibir las gratificaciones
correspondientes por sus trabajos de asesoramiento, con las limitaciones establecidas por
la legislación vigente sobre incompatibilidades y, en su caso, los gastos de locomoción y
alojamiento en que pudieran incurrir para el desarrollo de dichos trabajos.
Quinto.
Criterios de valoración.–Se valorará:
a) La calidad fotográfica y artística de los trabajos, como medio de comunicación y
expresión plástica, entre cero y diez puntos por cada miembro del jurado.
b) Y de manera singular que el tema tratado resulte de interés, ya sea por su
relevancia etnográfica y para el estudio antropológico de las distintas culturas populares
del Estado español, por referirse a culturas en contextos de crisis y cambio o poco
conocidas, o por abordar situaciones de actualidad, entre cero y 20 puntos por cada
miembro del jurado.
Resultarán premiados los tres trabajos que mayor puntuación obtengan, por orden de
puntuación, y todos aquellos que superen la mitad de la puntuación máxima serán
seleccionados a los efectos de lo previsto en el apartado noveno, punto 1.
Sexto. Cuantías de los premios.
Se concederán tres premios, dotados con las siguientes cantidades:
Primer premio: 5.000,00 euros.
Segundo premio: 4.000,00 euros.
Tercer premio: 3.000,00 euros.
cve: BOE-A-2011-10034
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