I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Certificados de profesionalidad. (BOE-A-2011-9994)
Real Decreto 685/2011, de 13 de mayo, por el que se establecen seis certificados de profesionalidad de la familia profesional Hostelería y turismo que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualiza el certificado de profesionalidad establecido como anexo III del Real Decreto 1376/2008, de 1 de agosto, y los certificados de profesionalidad establecidos en el Real Decreto 1256/2009, de 24 de julio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137

Jueves 9 de junio de 2011

Sec. I. Pág. 58374

CR5.6 Los productos químicos se manipulan con criterios de seguridad,
caducidad, orden de consumo y protección ambiental, conforme a lo indicado
en su etiqueta.
CR5.7 La recogida selectiva de residuos se realiza y las alteraciones detectadas
en las condiciones ambientales o en el proceso de trabajo se notifican al
responsable, proponiendo medidas para su corrección o mejora.
CR5.8 Las medidas de precaución y protección, recogidas en la normativa
específica, e indicadas por las señales pertinentes, se cumplen durante la
actividad de hostelería.
CR5.9 La actuación ante posibles situaciones de emergencia se efectúa
siguiendo los procedimientos de control, aviso o alarma establecidos.
CR5.10 Los medios disponibles para el control de situaciones de emergencia
dentro de su entorno de trabajo, se utilizan eficazmente comprobando que
quedan en perfectas condiciones de uso.
CR5.11 La actuación en los ensayos de planes de emergencia y evacuación se
realiza conforme a las pautas prescritas.
CR5.12 Las técnicas sanitarias básicas y los primeros auxilios se aplican en
caso de accidentes.
RP6: Valorar la importancia del agua y de la energía y realizar un uso eficiente en las
actividades de hostelería reduciendo su consumo siempre que sea posible.
CR6.1 El mejor aprovechamiento de la luz natural se procura con el fin de
ahorrar energía.
CR6.2 La selección y adquisición de equipamientos y electrodomésticos se
realiza teniendo en cuenta las normas de eficiencia energética y el consumo
anual así como la adecuación de la capacidad al uso previsto.
CR6.3 El estado de las instalaciones eléctricas y de gas se verifica y se detectan
posibles disfunciones.
CR6.4 El buen funcionamiento de los aparatos se verifica para detectar posibles
disfunciones y asegurar su mantenimiento.
CR6.5 Las políticas, objetivos, métodos y registros relativos al uso eficiente del
agua y la energía del establecimiento se identifican y aplican.
CR6.6 El consumo de agua y energía se controla y registra, detectando y
analizando las áreas críticas de consumo y las posibles fugas.
CR6.7 Las aguas residuales, tanto fecales como jabonosas, se gestionan de
manera que no contaminen el medio ni afecten a la salud pública y se reutilicen
siempre que sea factible.
Contexto profesional

Productos y resultados
Garantía de seguridad y salubridad de las actividades de hostelería. Instalaciones
y equipos limpios, desinfectados y en estado operativo. Residuos en condiciones
de ser vertidos o evacuados. Medidas de protección ambiental aplicadas. Ahorro
de energía, agua y reducción de consumos. Reciclaje, reutilización y reducción de
residuos. Propuesta de medidas correctivas. Formación de personal. Información a
clientes y proveedores.

cve: BOE-A-2011-9994

Medios de producción
Equipo personal de higiene. Equipos de protección individual. Medios de limpieza y
aseo personal. Equipos de limpieza, desinfección y desinsectación de instalaciones.
Sistemas de limpieza, desinfección y esterilización de equipos. Elementos de aviso
y señalización. Equipos de depuración y evacuación de residuos. Dispositivos
y señalizaciones generales y equipos de emergencia. Legislación aplicada.
Documentación de diferentes organismos y administraciones públicas. Protocolos de
Sistema de Gestión Ambiental.