I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Certificados de profesionalidad. (BOE-A-2011-9994)
Real Decreto 685/2011, de 13 de mayo, por el que se establecen seis certificados de profesionalidad de la familia profesional Hostelería y turismo que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualiza el certificado de profesionalidad establecido como anexo III del Real Decreto 1376/2008, de 1 de agosto, y los certificados de profesionalidad establecidos en el Real Decreto 1256/2009, de 24 de julio.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137
Jueves 9 de junio de 2011
Sec. I. Pág. 58365
CR3.6 La legislación sobre medio ambiente se tiene en cuenta en todo tipo de
información que se facilite acerca del entorno y de las actividades de ocio que
en su marco se realicen, potenciando la toma de conciencia sobre la utilización
y conservación de los recursos ambientales.
CR3.7 La propia conducta de respeto y protección ambiental se adecua en todo
momento al entorno en el que trabaja para reforzar con el ejemplo los mensajes
de sensibilización transmitidos a los clientes o usuarios.
CR3.8 Los diferentes soportes de información disponibles en el alojamiento,
como listados de recursos naturales y culturales, guías de viaje, folletos turísticos,
libros especializados, periódicos y revistas, relacionados con las diferentes
actividades de ocio y tiempo libre que se puedan realizar en el entorno, se facilitan
a los clientes, prestándoles la información complementaria que soliciten.
CR3.9 La comunicación y coordinación con los representantes y técnicos de los
servicios encargados del desarrollo de las actividades de ocio complementarias
fuera del establecimiento se facilita.
CR3.10 En la transmisión de información a los clientes se actúa en todo
momento con respeto, amabilidad, expresándose de forma clara, con cordialidad
y preocupándose por los intereses de los mismos.
RP4: Atender las peticiones y quejas planteadas por los clientes o usuarios, de forma
que se les facilite el máximo nivel posible de satisfacción, confort y seguridad.
CR4.1 Siempre que sea posible se satisfacen los deseos del cliente o
usuario con la mayor celeridad, respetando, al mismo tiempo, las normas del
establecimiento.
CR4.2 La atención directa al cliente o usuario ante sus peticiones y sugerencias
se realiza adoptando una actitud amable y hospitalaria y siguiendo la política
marcada por la dirección del establecimiento.
CR4.3 Las quejas o reclamaciones de los clientes se atienden con amabilidad,
eficacia y máxima discreción, anotándolas por escrito, tomando las medidas
oportunas para su resolución y cumpliendo la normativa vigente.
CR4.4 Las modificaciones que se producen en los servicios prestados se
comunican, aportando las explicaciones necesarias, en forma y tiempo adecuados
a los clientes o usuarios y, en caso de alojamientos en entornos naturales, al
organismo, federación, club o asociación propietaria del establecimiento.
CR4.5 Las actuaciones que se adoptan ante situaciones adversas son las
establecidas y adecuadas a cada situación.
CR4.6 La comunicación con los clientes es fluida, utilizando el medio más eficaz
para poder conseguir una buena interacción y comprensión en la comunicación.
Contexto profesional
Productos y resultados
Facilitación del servicio de alojamiento propio del entorno rural y/o natural requerido
por el cliente o usuario. Atención a los clientes o usuarios. Facturación y cobro de los
servicios. Control de los servicios. Atención y gestión de las comunicaciones internas
y externas. Información y gestión para la dirección del establecimiento de alojamiento
propio de entorno rural y/o natural. Documentaciones oficiales formalizadas, como
ficha de policía, hoja de reclamaciones, informes estadísticos o cambios de divisa.
cve: BOE-A-2011-9994
Medios de producción
Equipos informáticos. Programas informáticos específicos. Internet e Intranet.
Página web del establecimiento. Equipos y material de oficina. Instrumentos de
telecomunicaciones. Equipos e instrumentos de seguridad y vigilancia. Materiales de
ayuda para discapacitados. Equipos y elementos de acceso y transporte dentro del
establecimiento. Material promocional y de soporte a la documentación emitida.
Núm. 137
Jueves 9 de junio de 2011
Sec. I. Pág. 58365
CR3.6 La legislación sobre medio ambiente se tiene en cuenta en todo tipo de
información que se facilite acerca del entorno y de las actividades de ocio que
en su marco se realicen, potenciando la toma de conciencia sobre la utilización
y conservación de los recursos ambientales.
CR3.7 La propia conducta de respeto y protección ambiental se adecua en todo
momento al entorno en el que trabaja para reforzar con el ejemplo los mensajes
de sensibilización transmitidos a los clientes o usuarios.
CR3.8 Los diferentes soportes de información disponibles en el alojamiento,
como listados de recursos naturales y culturales, guías de viaje, folletos turísticos,
libros especializados, periódicos y revistas, relacionados con las diferentes
actividades de ocio y tiempo libre que se puedan realizar en el entorno, se facilitan
a los clientes, prestándoles la información complementaria que soliciten.
CR3.9 La comunicación y coordinación con los representantes y técnicos de los
servicios encargados del desarrollo de las actividades de ocio complementarias
fuera del establecimiento se facilita.
CR3.10 En la transmisión de información a los clientes se actúa en todo
momento con respeto, amabilidad, expresándose de forma clara, con cordialidad
y preocupándose por los intereses de los mismos.
RP4: Atender las peticiones y quejas planteadas por los clientes o usuarios, de forma
que se les facilite el máximo nivel posible de satisfacción, confort y seguridad.
CR4.1 Siempre que sea posible se satisfacen los deseos del cliente o
usuario con la mayor celeridad, respetando, al mismo tiempo, las normas del
establecimiento.
CR4.2 La atención directa al cliente o usuario ante sus peticiones y sugerencias
se realiza adoptando una actitud amable y hospitalaria y siguiendo la política
marcada por la dirección del establecimiento.
CR4.3 Las quejas o reclamaciones de los clientes se atienden con amabilidad,
eficacia y máxima discreción, anotándolas por escrito, tomando las medidas
oportunas para su resolución y cumpliendo la normativa vigente.
CR4.4 Las modificaciones que se producen en los servicios prestados se
comunican, aportando las explicaciones necesarias, en forma y tiempo adecuados
a los clientes o usuarios y, en caso de alojamientos en entornos naturales, al
organismo, federación, club o asociación propietaria del establecimiento.
CR4.5 Las actuaciones que se adoptan ante situaciones adversas son las
establecidas y adecuadas a cada situación.
CR4.6 La comunicación con los clientes es fluida, utilizando el medio más eficaz
para poder conseguir una buena interacción y comprensión en la comunicación.
Contexto profesional
Productos y resultados
Facilitación del servicio de alojamiento propio del entorno rural y/o natural requerido
por el cliente o usuario. Atención a los clientes o usuarios. Facturación y cobro de los
servicios. Control de los servicios. Atención y gestión de las comunicaciones internas
y externas. Información y gestión para la dirección del establecimiento de alojamiento
propio de entorno rural y/o natural. Documentaciones oficiales formalizadas, como
ficha de policía, hoja de reclamaciones, informes estadísticos o cambios de divisa.
cve: BOE-A-2011-9994
Medios de producción
Equipos informáticos. Programas informáticos específicos. Internet e Intranet.
Página web del establecimiento. Equipos y material de oficina. Instrumentos de
telecomunicaciones. Equipos e instrumentos de seguridad y vigilancia. Materiales de
ayuda para discapacitados. Equipos y elementos de acceso y transporte dentro del
establecimiento. Material promocional y de soporte a la documentación emitida.