I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Certificados de profesionalidad. (BOE-A-2011-9994)
Real Decreto 685/2011, de 13 de mayo, por el que se establecen seis certificados de profesionalidad de la familia profesional Hostelería y turismo que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualiza el certificado de profesionalidad establecido como anexo III del Real Decreto 1376/2008, de 1 de agosto, y los certificados de profesionalidad establecidos en el Real Decreto 1256/2009, de 24 de julio.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137
Jueves 9 de junio de 2011
Sec. I. Pág. 58364
-
La anotación en la ficha de cliente de las circunstancias de su estancia, días
que estuvo, servicios que se le prestaron y otras de interés se realiza, en su
caso, en forma y tiempo adecuados.
- El grado de satisfacción se comprueba mediante los métodos establecidos:
cuestionarios escritos, charla y preguntas directas a los clientes y otros.
- En la despedida del cliente se actúa de forma cortés, potenciando la
materialización de futuras estancias.
CR1.8 La ofimática y las aplicaciones informáticas elegidas para las actividades
propias de la recepción se utilizan.
RP3: Prestar información general sobre itinerarios, recursos naturales y culturales
del entorno rural y/o natural, meteorología y servicios turísticos complementarios,
sensibilizando a los clientes sobre la necesaria conservación de los espacios
naturales.
CR3.1 La información general relativa a los recursos naturales, culturales y de
ocio del entorno rural se identifica, selecciona e interpreta para poder transmitirla
de manera fiable y actualizada, especialmente si se trata de un espacio
protegido.
CR3.2 Los listados de recursos naturales o de patrimonio histórico o artístico de
la zona, de actividades deportivas y/o recreativas y de fiestas locales se elaboran
especificando localización, distancia, fechas, medios de transporte o formas de
acceso, tiempo a emplear y horarios de apertura y cierre.
CR3.4 La información sobre los servicios turísticos de la zona, tales como
puntos de información, restaurantes, tiendas de artesanía y souvenir, se facilita,
complementando la oferta propia del alojamiento rural.
CR3.4 La información sobre las medidas ambientales de aplicación en el entorno,
en caso de alojamiento en refugios o albergues de montaña, se pone a disposición
de los usuarios de la forma más conveniente y efectiva para sensibilizar sobre la
necesaria conservación de los espacios naturales.
CR3.5 La normativa y procedimientos de autorización de accesos a espacios
naturales se transmiten a los usuarios en los refugios o albergues ubicados en
espacios protegidos o cercanos a ellos.
cve: BOE-A-2011-9994
RP2: Utilizar las técnicas y medios externos e internos de comunicación adecuados a
las necesidades y características de clientes y proveedores.
CR2.1 Los medios técnicos de comunicación disponibles, como Internet,
intranet, telefonía, megafonía, telefax y otros, se utilizan, en caso de que los
hubiera, de forma responsable, seleccionando el más adecuado en función de la
situación planteada.
CR2.2 La comunicación con los clientes es fluida, utilizando el medio más eficaz
para conseguir una buena interacción y comprensión en la comunicación.
CR2.3 Las comunicaciones, tanto externas como internas, llegan a los
destinatarios adecuados, manteniéndose una absoluta reserva y asegurando así
la confidencialidad de las mismas.
CR2.4 Las acciones comunicativas objeto de ejecución se realizan y, en su
caso, se coordinan de forma que se obtenga la satisfacción de los deseos del
cliente, actuando con la mayor celeridad posible, y se facilite y potencie la eficacia
en la comunicación con el resto de personal y con las instancias externas con las
que el establecimiento se relaciona.
CR2.5 La comunicación y coordinación, en caso de alojamientos en entornos
naturales, se mantiene con los guías de montaña y responsables de los
servicios encargados del desarrollo de actividades complementarias fuera del
establecimiento.
Núm. 137
Jueves 9 de junio de 2011
Sec. I. Pág. 58364
-
La anotación en la ficha de cliente de las circunstancias de su estancia, días
que estuvo, servicios que se le prestaron y otras de interés se realiza, en su
caso, en forma y tiempo adecuados.
- El grado de satisfacción se comprueba mediante los métodos establecidos:
cuestionarios escritos, charla y preguntas directas a los clientes y otros.
- En la despedida del cliente se actúa de forma cortés, potenciando la
materialización de futuras estancias.
CR1.8 La ofimática y las aplicaciones informáticas elegidas para las actividades
propias de la recepción se utilizan.
RP3: Prestar información general sobre itinerarios, recursos naturales y culturales
del entorno rural y/o natural, meteorología y servicios turísticos complementarios,
sensibilizando a los clientes sobre la necesaria conservación de los espacios
naturales.
CR3.1 La información general relativa a los recursos naturales, culturales y de
ocio del entorno rural se identifica, selecciona e interpreta para poder transmitirla
de manera fiable y actualizada, especialmente si se trata de un espacio
protegido.
CR3.2 Los listados de recursos naturales o de patrimonio histórico o artístico de
la zona, de actividades deportivas y/o recreativas y de fiestas locales se elaboran
especificando localización, distancia, fechas, medios de transporte o formas de
acceso, tiempo a emplear y horarios de apertura y cierre.
CR3.4 La información sobre los servicios turísticos de la zona, tales como
puntos de información, restaurantes, tiendas de artesanía y souvenir, se facilita,
complementando la oferta propia del alojamiento rural.
CR3.4 La información sobre las medidas ambientales de aplicación en el entorno,
en caso de alojamiento en refugios o albergues de montaña, se pone a disposición
de los usuarios de la forma más conveniente y efectiva para sensibilizar sobre la
necesaria conservación de los espacios naturales.
CR3.5 La normativa y procedimientos de autorización de accesos a espacios
naturales se transmiten a los usuarios en los refugios o albergues ubicados en
espacios protegidos o cercanos a ellos.
cve: BOE-A-2011-9994
RP2: Utilizar las técnicas y medios externos e internos de comunicación adecuados a
las necesidades y características de clientes y proveedores.
CR2.1 Los medios técnicos de comunicación disponibles, como Internet,
intranet, telefonía, megafonía, telefax y otros, se utilizan, en caso de que los
hubiera, de forma responsable, seleccionando el más adecuado en función de la
situación planteada.
CR2.2 La comunicación con los clientes es fluida, utilizando el medio más eficaz
para conseguir una buena interacción y comprensión en la comunicación.
CR2.3 Las comunicaciones, tanto externas como internas, llegan a los
destinatarios adecuados, manteniéndose una absoluta reserva y asegurando así
la confidencialidad de las mismas.
CR2.4 Las acciones comunicativas objeto de ejecución se realizan y, en su
caso, se coordinan de forma que se obtenga la satisfacción de los deseos del
cliente, actuando con la mayor celeridad posible, y se facilite y potencie la eficacia
en la comunicación con el resto de personal y con las instancias externas con las
que el establecimiento se relaciona.
CR2.5 La comunicación y coordinación, en caso de alojamientos en entornos
naturales, se mantiene con los guías de montaña y responsables de los
servicios encargados del desarrollo de actividades complementarias fuera del
establecimiento.