I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Certificados de profesionalidad. (BOE-A-2011-9994)
Real Decreto 685/2011, de 13 de mayo, por el que se establecen seis certificados de profesionalidad de la familia profesional Hostelería y turismo que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualiza el certificado de profesionalidad establecido como anexo III del Real Decreto 1376/2008, de 1 de agosto, y los certificados de profesionalidad establecidos en el Real Decreto 1256/2009, de 24 de julio.
325 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137

Jueves 9 de junio de 2011

Sec. I. Pág. 58419

Información utilizada o generada
Planos de bodegas. Información de instalaciones y equipos. Información de
proveedores. Documentación propia de gestión de bodegas.
Unidad de competencia 5
Denominación: REALIZAR LOS PROCESOS DE SERVICIO ESPECIALIZADO DE
VINOS
Nivel: 3
Código: UC1110_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización
RP1: Realizar el proceso del preservicio especializado de vinos siguiendo las normas
internas del establecimiento de modo que se facilite el desarrollo posterior del servicio
en sala en general y de vinos en particular.
CR1.1 La limpieza y puesta a punto de superficies, equipos y útiles se
comprueba, utilizando los procedimientos establecidos para garantizar su higiene
y funcionamiento.
CR1.2 La aplicación de las instrucciones de seguridad, uso y manipulación de
productos utilizados en la limpieza y puesta a punto, se comprueba con el fin de
evitar su posible toxicidad y contaminación ambiental.
CR1.3 Las instrucciones relativas al mantenimiento de los equipos y útiles se
interpretan y aplican, permitiendo de esta manera su conservación y cuidado.
CR1.4 Las disfunciones y anomalías observadas en el funcionamiento o estado
de los equipos y útiles se informan y/o solucionan según los procedimientos
establecidos.

RP3: Informar y asesorar sobre la oferta de vinos y bebidas del establecimiento y su
armonía con la oferta gastronómica con el objeto de lograr la máxima satisfacción del
cliente y los objetivos comerciales y de prestigio de la organización.
CR3.1 La información y asesoramiento al cliente sobre la oferta de vinos se
ofrece, con el grado de detalle que este solicite, informando, si es necesario, del
tipo de vino, características, origen o zona vinícola, marca de etiqueta y edad o
añada.

cve: BOE-A-2011-9994

RP2: Realizar el proceso de servicio especializado de vinos siguiendo las normas de
protocolo en restauración para garantizar la satisfacción del cliente.
CR2.1 La oferta de vinos del establecimiento se presenta al cliente.
CR2.2 El servicio se realiza cumpliendo con las normas operativas del
establecimiento y siguiendo las normas de protocolo en restauración.
CR2.3 La toma de comanda con los vinos solicitados por el cliente se realiza
siguiendo las normas del establecimiento.
CR2.4 El vino se presenta al cliente para que compruebe que se corresponde
con su petición.
CR2.5 El servicio especializado de vinos se supervisa o realiza con suma
atención y siguiendo las pautas del protocolo establecido.
CR2.6 Los vinos que requieran una oxigenación se decantan.
CR2.7 Las copas adecuadas para cada tipo de vino se determinan y utilizan en
función de las características organolépticas del vino.
CR2.8 El cambio de copa se realiza cuando el cliente solicita diferentes vinos.
CR2.9 Al personal dependiente se le asiste y forma técnicamente cuando es
necesario.