I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Certificados de profesionalidad. (BOE-A-2011-9994)
Real Decreto 685/2011, de 13 de mayo, por el que se establecen seis certificados de profesionalidad de la familia profesional Hostelería y turismo que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualiza el certificado de profesionalidad establecido como anexo III del Real Decreto 1376/2008, de 1 de agosto, y los certificados de profesionalidad establecidos en el Real Decreto 1256/2009, de 24 de julio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de junio de 2011

Sec. I. Pág. 58389

CE3.1 Identificar los equipos, máquinas y útiles de uso común para la preparación
de elaboraciones culinarias sencillas, explicando sus funciones, las normas de
utilización, los resultados cuantitativos y cualitativos que se obtienen, los riesgos
asociados a su manipulación y el mantenimiento de uso necesario.
CE3.2 Justificar la utilización de útiles, herramientas, equipos y maquinaria en
función del tipo de género y elaboración, instrucciones recibidas y volumen de
producción.
CE3.3 Efectuar mantenimientos de uso de diferentes equipos, máquinas y
útiles de uso común para la preparación de elaboraciones culinarias sencillas, de
acuerdo con instrucciones aportadas o recibidas.
CE3.4 Aplicar normas de utilización de equipos, máquinas y útiles siguiendo
los procedimientos establecidos para evitar riesgos y obtener resultados
predeterminados.
CE3.5 Argumentar el compromiso de mantener y cuidar los equipos, y sacar
el máximo provecho a los medios utilizados en el proceso, evitando costes y
desgastes innecesarios.
C4: Preparar y presentar desayunos, elaboraciones culinarias sencillas y platos
significativos de la zona de acuerdo con la definición del producto y aplicando las
respectivas normas de elaboración.
CE4.1 En un supuesto práctico de explotación de un alojamiento en un entorno
rural y/o natural, realizar las operaciones de aprovisionamiento interno de géneros
que resulten necesarias para poder ofrecer desayunos, elaboraciones sencillas y
platos significativos de la zona.
CE4.2 Aplicar las técnicas correspondientes de elaboración y presentación de
desayunos, elaboraciones culinarias sencillas y platos significativos de una zona
determinada, a partir de la información suministrada, siguiendo los procedimientos
y cumpliendo las normas de manipulación de alimentos.
C5: Aplicar métodos de regeneración, conservación y envasado de alimentos.
CE5.1 Justificar los lugares y métodos de almacenamiento, regeneración,
conservación o envasado de materias primas, preelaboraciones y elaboraciones
culinarias en función del destino o consumo asignado, las características derivadas
de su propia naturaleza y la normativa higiénico-sanitaria.
CE5.2 Efectuar las operaciones necesarias para los procesos de regeneración,
conservación o envasado de materias primas, productos gastronómicos artesanales,
preelaboraciones y elaboraciones culinarias, de acuerdo con su estado, métodos
y equipos seleccionados y cumpliendo las instrucciones recibidas y la normativa
higiénico-sanitaria.
C6: Diseñar y realizar decoraciones simples con géneros y productos gastronómicos,
aplicando técnicas sencillas gráficas y de decoración.
CE6.1 A partir de motivos decorativos, idear formas de decoración y elegir la
técnica adecuada en cada caso.
CE6.2 Aplicar técnicas gráficas sencillas para la realización de bocetos o modelos
gráficos.
CE6.3 Deducir variaciones en el diseño realizado, conforme a criterios tales como
tamaño, materias primas que se vayan a emplear, forma y color, entre otras.
CE6.4 Realizar los bocetos o modelos gráficos aplicando las técnicas
necesarias.
CE6.5 Realizar las respectivas decoraciones sobre bocetos y modelos gráficos.
CE6.6 Mostrar sensibilidad y gusto artísticos al diseñar las decoraciones.

cve: BOE-A-2011-9994

Núm. 137