III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2011-9981)
Resolución de 26 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de revisión del Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias para la prestación mutua de servicios de administración electrónica.
48 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Miércoles 8 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 57591

2. Alcance:
(i) El servicio abarca la conexión a una plataforma básica de comunicaciones de
ámbito privado, con unos servicios básicos y una política de seguridad común para facilitar
el intercambio seguro de información entre las aplicaciones de las Administraciones
Públicas conectadas a la red SARA, según las características y condiciones que se
establecen en este documento.
(ii) La conexión se proporciona a través de un Área de Conexión (AC) que se ubica
en dependencias de la Comunidad Autónoma y que es instalada, administrada y mantenida
por el MPTAP.
(iii) El AC comunica de manera segura la Red Corporativa de la Comunidad Autónoma
con las redes corporativas de otras Administraciones y entidades públicas conectadas a la
red SARA (Extranet), con la Intranet Administrativa de la Administración General del Estado
y con la Red TESTA II de la Comisión Europea.
(iv) Se habilita a cualquier aplicación informática de la Comunidad Autónoma y de la
Administración General del Estado, así como a sus entidades de derecho público vinculadas
o dependientes, a utilizar cualquiera de los servicios que se presten a través de la Red
SARA, previo acuerdo entre el prestador del servicio y el usuario del mismo, con posterior
comunicación al Centro de Soporte de la Red SARA.
(v) Ambas partes acuerdan poner todos los medios a su alcance para adaptarse
mutuamente a sus correspondientes planes de direccionamiento, de tal manera que una
determinada clase de direcciones IP pueda ser reservada para preservar la
compatibilidad.
3. Obligaciones del MPTAP.–El MPTAP, como responsable de la Red SARA asume
las siguientes obligaciones:
(i) Instalar, administrar y mantener un enlace para la comunicación y el AC de la
Comunidad Autónoma ubicado en las dependencias que ésta determine y que mejor
permitan la conexión con su correspondiente Red Corporativa.
(ii) Proporcionar la documentación técnica correspondiente a la arquitectura y
configuración de los sistemas que componen el AC de la Comunidad Autónoma.
(iii) Mantener un servicio de soporte 24x7 para garantizar la continuidad del servicio
del AC, Punto Neutro e Intranet Administrativa de la Administración General del Estado
que sirva para realizar la notificación de incidencias, resolución de las mismas, cuando le
corresponda, o gestión de la resolución cuando intervengan Agentes Externos (fabricantes,
operadores, otros Organismos con acceso al Sistema), consultas técnicas relacionadas
con el servicio, así como peticiones de nuevos accesos.
(iv) Habilitar y gestionar un Portal de Administradores que sirva como espacio para
facilitar información a los responsables técnicos de la Comunidad Autónoma respecto del
servicio proporcionado, notificación de incidencias, paradas programadas, publicación de
nuevos servicios, etc.
(v) Adoptar las medidas de seguridad necesarias para proteger debidamente la
información transmitida, mediante el cifrado de las comunicaciones
Obligaciones de la Comunidad Autónoma:

(i) Realizar las labores de conectividad y despliegue pertinentes para poder acceder
desde sus propias dependencias o instalaciones a la Red SARA a través del AC.
(ii) Gestionar y mantener los elementos activos que conectan su Red Corporativa a
SARA permitiendo al MPTAP el acceso de lectura y monitorización de los mismos, con
independencia de que estas tareas sean realizadas por la Comunidad Autónoma o por su
operador.
(iii) Garantizar condiciones adecuadas en la ubicación, condiciones medioambientales,
suministro eléctrico, cableado, etc, del AC con el fin de asegurar la continuidad del
servicio.

cve: BOE-A-2011-9981

4.