III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2011-9981)
Resolución de 26 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de revisión del Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias para la prestación mutua de servicios de administración electrónica.
48 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 8 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 57590

Séptima. Revisión del Convenio.–Cualquiera de las partes podrá proponer la revisión
de este Convenio en cualquier momento para introducir las modificaciones que se estimen
pertinentes. De producirse la revisión del clausulado del Convenio, los correspondientes
cambios habrán de incorporarse al mismo y ser suscritos por las partes.
Octava. Régimen Jurídico.–El presente Convenio tiene la naturaleza de los previstos
en el artículo 4.1.c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público
y queda, por tanto, excluido de su aplicación.
Novena. Resolución de conflictos.–Mediante la firma del presente Convenio, las
partes se comprometen a resolver de mutuo acuerdo las incidencias que puedan surgir en
su cumplimiento.
Las cuestiones litigiosas que surjan entre las partes durante el desarrollo y ejecución
del presente Convenio y no puedan ser resueltas por la Comisión de Seguimiento prevista
en la cláusula cuarta, se someterán a la jurisdicción contencioso-administrativa, conforme
a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Y en prueba de cuanto antecede, las partes suscriben el Convenio en tres ejemplares
y a un solo efecto, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.–La Consejera de
Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno del Principado de Asturias, Ana Rosa
Migoya Diego.–La Secretaría de Estado para la Función Pública, María Consuelo Rumí
Ibáñez.
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL
Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y EL PRINCIPADO DE ASTURIAS PARA LA PRESTACIÓN
DE SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA
Documentos anexos
I. Anexo I: Servicio de conexión a la Red SARA.
II. Anexo II: Servicios Ofrecidos por el MPTAP para la intermediación de datos entre
Administraciones Públicas.
III. Anexo III: Servicios ofrecidos por el MPTAP a través de la Plataforma de Validación
y Firma Electrónica @firma.
IV. Anexo IV: Servicios ofrecidos por el MPTAP de Dirección Electrónica Habilitada y
Catálogo de Procedimientos del Servicio de Notificaciones Electrónicas.
V. Anexo V: Servicios ofrecidos por el MPTAP de comunicación de domicilio a
Organismos de la AGE.
VI. Documento de adhesión al convenio.
ANEXO I
Servicio de conexión a la Red SARA
I. Condiciones generales
1. Objeto.–El Ministerio de Política Territorial y Administración Pública (MPTAP), en
colaboración con las Comunidades Autónomas, ha desarrollado la red SARA (Sistemas,
Aplicaciones y Redes para las Administraciones), integrada por un conjunto de
infraestructuras tecnológicas que permiten conectar en red a todas las administraciones
que lo deseen, y facilitar un sistema de intercambio de aplicaciones entre
administraciones.
Teniendo en cuenta que los servicios que reciben los ciudadanos tienen, en muchas
ocasiones, que ser prestados en cooperación entre las distintas Administraciones, el objeto
de este Anexo es determinar las condiciones de utilización de la red SARA por las
Administraciones, como enlace común para todas las necesidades de intercomunicación
entre las mismas.

cve: BOE-A-2011-9981

Núm. 136