III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2011-9981)
Resolución de 26 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de revisión del Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias para la prestación mutua de servicios de administración electrónica.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136
Miércoles 8 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 57626
7. Contactos de referencia.–La resolución de consultas técnicas relacionadas con la
utilización de los servicios así como las de carácter administrativo relativas al alcance del
presente anexo se ofrecerá a través de los siguientes contactos de referencia.
Servicio: Comunicación de Domicilio a Organismos de la AGE.
Oferente del servicio: Ministerio de Política Territorial y Administración Pública.
Responsable Técnico del Servicio:
Director de la División de Proyectos de Administración Electrónica.
Teléfono: 91 273 24 61.
Correo electrónico: sgprotec@mpt.es
Dirección postal: María de Molina, 50, 9.ª planta, 28071 Madrid.
Responsable Administrativo del Anexo:
José Luis Redondo Pérez.
Vocal asesor de la Dirección General para el Impulso de la Administración Electrónica
Teléfono: 91 273 24 63.
Correo electrónico: joseluis.redondo@mpt.es
Dirección postal: María de Molina, 50, 9.ª planta, 28071 Madrid.
II. Condiciones técnicas y de nivel de servicio
1.
Condiciones técnicas.
1.1 Funcionamiento del servicio telemático de comunicación del cambio de
domicilio.–La prestación del servicio telemático de comunicación del cambio de domicilio
implica la realización de las siguientes operaciones:
1. Solicitud por el ciudadano de la comunicación del cambio de domicilio. Existen dos
escenarios:
a. El ciudadano hace la solicitud presencialmente en el Ayuntamiento a continuación
del procedimiento de alta en el Padrón Municipal de Habitantes, o bien
b. El ciudadano hace la solicitud telemáticamente desde el portal web municipal, en
un momento posterior al alta en el Padrón Municipal de Habitantes
2. Emisión del volante electrónico de empadronamiento por el Ayuntamiento.
3. Envío del volante electrónico de empadronamiento a los organismos y unidades
administrativas destinatarias en el ámbito autonómico.
4. Envío del volante electrónico de empadronamiento a los organismos y unidades
administrativas destinatarias en el ámbito estatal.
5. Actualización del domicilio por los organismos y unidades administrativas
destinatarias.
6. Verificación por el ciudadano de la comunicación del cambio de domicilio.
El ciudadano hace la solicitud presencialmente en el Ayuntamiento a continuación del
procedimiento de alta en el Padrón Municipal de Habitantes, o bien
El ciudadano hace la solicitud telemáticamente en el portal web (Autonómico,
municipal,...) en un momento posterior al alta en el Padrón Municipal de Habitantes.
Para ello señalará en un formulario diseñado al efecto aquellos organismos o unidades
administrativas de ámbito autonómico o estatal a las que se debe comunicar los datos de
su nuevo domicilio. En dicho formulario constarán los datos más relevantes de la Carta de
cve: BOE-A-2011-9981
1.1.1 Solicitud por el ciudadano asociada al procedimiento de alta en el Padrón
Municipal de Habitantes.–El usuario del servicio manifestará su voluntad de comunicar su
nuevo domicilio y lo podrá realizar en los dos escenarios siguientes:
Núm. 136
Miércoles 8 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 57626
7. Contactos de referencia.–La resolución de consultas técnicas relacionadas con la
utilización de los servicios así como las de carácter administrativo relativas al alcance del
presente anexo se ofrecerá a través de los siguientes contactos de referencia.
Servicio: Comunicación de Domicilio a Organismos de la AGE.
Oferente del servicio: Ministerio de Política Territorial y Administración Pública.
Responsable Técnico del Servicio:
Director de la División de Proyectos de Administración Electrónica.
Teléfono: 91 273 24 61.
Correo electrónico: sgprotec@mpt.es
Dirección postal: María de Molina, 50, 9.ª planta, 28071 Madrid.
Responsable Administrativo del Anexo:
José Luis Redondo Pérez.
Vocal asesor de la Dirección General para el Impulso de la Administración Electrónica
Teléfono: 91 273 24 63.
Correo electrónico: joseluis.redondo@mpt.es
Dirección postal: María de Molina, 50, 9.ª planta, 28071 Madrid.
II. Condiciones técnicas y de nivel de servicio
1.
Condiciones técnicas.
1.1 Funcionamiento del servicio telemático de comunicación del cambio de
domicilio.–La prestación del servicio telemático de comunicación del cambio de domicilio
implica la realización de las siguientes operaciones:
1. Solicitud por el ciudadano de la comunicación del cambio de domicilio. Existen dos
escenarios:
a. El ciudadano hace la solicitud presencialmente en el Ayuntamiento a continuación
del procedimiento de alta en el Padrón Municipal de Habitantes, o bien
b. El ciudadano hace la solicitud telemáticamente desde el portal web municipal, en
un momento posterior al alta en el Padrón Municipal de Habitantes
2. Emisión del volante electrónico de empadronamiento por el Ayuntamiento.
3. Envío del volante electrónico de empadronamiento a los organismos y unidades
administrativas destinatarias en el ámbito autonómico.
4. Envío del volante electrónico de empadronamiento a los organismos y unidades
administrativas destinatarias en el ámbito estatal.
5. Actualización del domicilio por los organismos y unidades administrativas
destinatarias.
6. Verificación por el ciudadano de la comunicación del cambio de domicilio.
El ciudadano hace la solicitud presencialmente en el Ayuntamiento a continuación del
procedimiento de alta en el Padrón Municipal de Habitantes, o bien
El ciudadano hace la solicitud telemáticamente en el portal web (Autonómico,
municipal,...) en un momento posterior al alta en el Padrón Municipal de Habitantes.
Para ello señalará en un formulario diseñado al efecto aquellos organismos o unidades
administrativas de ámbito autonómico o estatal a las que se debe comunicar los datos de
su nuevo domicilio. En dicho formulario constarán los datos más relevantes de la Carta de
cve: BOE-A-2011-9981
1.1.1 Solicitud por el ciudadano asociada al procedimiento de alta en el Padrón
Municipal de Habitantes.–El usuario del servicio manifestará su voluntad de comunicar su
nuevo domicilio y lo podrá realizar en los dos escenarios siguientes: