III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. Impacto ambiental. (BOE-A-2011-9979)
Resolución de 24 de mayo de 2011, de Secretaría de Estado de Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Acondicionamiento de la ribera del Tormes a su paso por Sieteiglesias de Tormes, Salamanca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 8 de junio de 2011

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longitud aproximada de 1.350 metros. Se realizará sin cajeo, por lo que no se producirán
alteraciones de horizontes; se realizará un aporte de zahorra natural para su conformación.
Conjuntamente a la realización de la senda se realizarán tratamientos selvícolas sobre la
vegetación existente en el entorno de la senda, respetándose en todo momento las
especies autóctonas.
Adecuación de caminos existentes: se realizará un reperfilado con aporte de zahorra
cuando sea necesario en los caminos existentes. La longitud de caminos sobre los que se
actuará será aproximadamente de 1.000 metros.
Construcción de estructuras de defensa de taludes: se contempla la ejecución de
diferentes tipos de estructuras de protección de taludes de modo que, aparte de cumplir su
función, sirva también de muestra representativa de las diferentes estructuras de defensa
que se emplean en los ríos. Los diferentes tipos que se instalarán son: gaviones, gaviones
con vegetación, escollera con varas de sauce, faginas de sauce enterradas al pie del talud.
La longitud total de este tipo de estructuras será de 480 metros. En los taludes ubicados
en los tramos de ribera incluidos dentro del Lugar de Importancia Comunitaria (LIC)
ES4150085 «Riberas del río Tormes y afluentes» se utilizará, como técnica de protección,
únicamente la que implica la instalación de empalizada o entramado de ramas de sauce,
ya que esa técnica no requiere intervención sobre el arbolado y se respeta en todo momento
la vegetación autóctona existente.
Instalación de un mirador fluvial: se construirá un mirador de madera de 12 m2 para la
contemplación del entorno ribereño y la observación de aves.
Recuperación de escombrera: en la actualidad existe una zona de aproximadamente
1 ha que se ha venido usando a modo de escombrera. En dicha zona se llevará a cabo una
recuperación del área degradada mediante la retirada de materiales de desecho y
escombro, tratamientos selvícolas sobre las zonas en las que hay vegetación y la aportación
de una capa de 30 cm de zahorra natural en las zonas desprovistas de vegetación. Para
integrar este área degradada se realizarán diversas plantaciones con las siguientes
especies: Populus nigra, Fraxinus angustifolia y Salix alba. El número de pies estimado
será aproximadamente de 120.
Ubicación del proyecto. Los terrenos objeto del proyecto coinciden parcialmente con el
Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) ES4150085 Riberas del río Tormes y afluentes y
están ubicados en la ribera del río Tormes, concretamente en el paraje de Vado de
Valdejimena, Polígono 504 del municipio de Sieteiglesias de Tormes (Salamanca). Las
parcelas afectadas, de propiedad municipal, son las siguientes: 10140, 30140, 40140,
90140, 60140, 91140, 92140 y 94140.
Características del potencial impacto. Las actuaciones de recuperación ambiental
afectarán a una superficie total de 7 hectáreas, de las cuales 2,8 hectáreas coinciden con
el LIC antes mencionado, lo que supone un 0,15% de la superficie total del LIC, teniendo
en cuenta que este tiene una superficie de 1.834 ha.
El conjunto de actuaciones que quedan reflejadas en el proyecto de ejecución van
encaminadas a devolver a esta superficie las características ecológicas que debería tener
sin la intervención humana, es decir a la consecución de un ecosistema lo más próximo al
de las riberas fluviales. Por tanto el promotor considera que las afecciones que puedan
producirse sobre la superficie total de las actuaciones y sobre el Lugar de Importancia
Comunitaria en particular son de escasa entidad, temporales y totalmente reversibles, por
lo que considera que la ejecución del proyecto no pondrá en peligro los valores por los que
fue declarado el LIC.
En la documentación aportada el promotor indica que no se alterará superficie alguna
que presente una formación natural, propia de la ribera y además no se contemplan,
alteraciones hidrológicas y morfológicas distintas de las ya existentes, y, si existiesen,
serán de escasa entidad y con objeto de restituir los valores previos a la intervención
antrópica.
Las afecciones ambientales más importantes que producirá la actuación serán la
posible producción y vertido de residuos durante la fase de ejecución, tales como embalajes
y envases de materias primas, productos y equipos, residuos sólidos procedentes de la

cve: BOE-A-2011-9979

Núm. 136