I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Certificados de profesionalidad. (BOE-A-2011-9931)
Real Decreto 646/2011, de 9 de mayo, por el que se establecen trece certificados de profesionalidad de la familia profesional Industrias alimentarias que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualiza el certificado de profesionalidad establecido como anexo I en el Real Decreto 1380/2009, de 28 de agosto.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 8 de junio de 2011

Sec. I. Pág. 56707

CR1.4 Se actúa según las normas establecidas en los planes de seguridad y
emergencia de la empresa, llevando a cabo las acciones preventivas y correctoras
en ellos reseñadas.
CR1.5 Las operaciones de recogida, depuración y vertido de residuos se realizan,
respetando normas de protección del medio ambiente.
RP2: Recepcionar las materias primas lácteas controlando su calidad.
CR2.1 Se comprueba que los medios de transporte, reúnen las condiciones
técnicas e higiénico-sanitarias requeridas.
CR2.2 Los datos reseñados en la documentación de la mercancía se contrastan
con los de la orden de compra o pedido y, en su caso, se emite un informe sobre
posibles defectos en la cantidad, estado, daños y pérdidas.
CR2.3 Las cantidades recibidas y pesos de las materias primas auxiliares, se
registran para comprobar su adecuación a lo establecido.
CR2.4 Se efectúan las tomas de muestras en la forma, cuantía y con el
instrumental indicado en las instrucciones de la operación.
CR2.5 Se realizan los análisis o ensayos «in situ» establecidos, obteniendo los
resultados con la precisión requerida.
CR2.6 La identificación y el traslado a laboratorio de la muestra se realiza de
acuerdo con los códigos y métodos establecidos.
CR2.7 Los resultados de las pruebas se comparan con las especificaciones
requeridas para el producto, otorgando en su caso, la conformidad para su uso.
CR2.8 Se aceptan y rechazan las materias primas, según los procedimientos
establecidos, registrando la información asociada.
RP3: Almacenar y conservar las materias primas atendiendo a las exigencias de los
productos.
CR3.1 La distribución de materias primas en almacenes, depósitos y cámaras
se realiza atendiendo a sus características (clase, categoría, lote, caducidad) y
siguiendo los criterios establecidos, para alcanzar un óptimo aprovechamiento del
volumen de almacenamiento disponible.
CR3.2 Las mercancías se disponen de tal forma, que se asegure su integridad y
se facilite su identificación y manipulación.
CR3.3 Las variables de temperatura, humedad relativa, luz y aireación de
almacenes, depósitos y cámaras se controlan de acuerdo con los requerimientos
o exigencias de conservación de los productos.
CR3.4 Se verifica que el espacio físico, equipos y medios utilizados en el
almacén, cumplen con la normativa legal de higiene y seguridad.
CR3.5 Se realizan las operaciones de manipulación y transporte interno con los
medios adecuados de forma, que no se deterioren ni alteren los productos.
RP4: Conducir los tratamientos previos de la leche, controlando su calidad.
CR4.1 Se comprueba que el área de producción y las instalaciones estén limpias
y en condiciones adecuadas, para su utilización.
CR4.2 Se seleccionan y preparan los equipos de acuerdo con el programa de
producción establecido.
CR4.3 Las operaciones de parada y/o arranque se realizan de acuerdo con las
secuencias establecidas en los manuales o instrucciones de trabajo.
CR4.4 Los procesos se conducen en las operaciones de desaireación, higienización,
desnatado, termización, pasteurización, enfriamiento, homogeneización y
concentración que servirán como base para las mezclas de los futuros semielaborados
o materia estandarizada base de los productos finales siguiendo las pautas marcadas
en las instrucciones de trabajo.
CR4.5 Los parámetros del proceso y las características del producto se controlan
durante la producción para que se mantengan dentro de los límites establecidos,

cve: BOE-A-2011-9931

Núm. 136