I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Certificados de profesionalidad. (BOE-A-2011-9931)
Real Decreto 646/2011, de 9 de mayo, por el que se establecen trece certificados de profesionalidad de la familia profesional Industrias alimentarias que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualiza el certificado de profesionalidad establecido como anexo I en el Real Decreto 1380/2009, de 28 de agosto.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 8 de junio de 2011

Sec. I. Pág. 56650

CR1.6 Se realiza la limpieza de los envases no formados «in situ» en las
condiciones de higiene marcadas por las instrucciones de trabajo.
CR1.7 Los materiales sobrantes de productos de desecho (procedentes
del envasado, acondicionado o embalaje) se trasladan para su reciclaje
o tratamiento, en la forma y al lugar señalados por las instrucciones de
trabajo.
RP2: Realizar el proceso de envasado y acondicionado de los productos alimentarios,
operando mandos sencillos y automáticos, siguiendo las instrucciones de trabajo.
CR2.1 La formación de los envases confeccionados «in situ», se realiza en
las máquinas formadoras, conforme a las especificaciones establecidas.
CR2.2 Se comprueba que los depósitos de dosificación mantienen los niveles
de productos y la temperatura adecuados.
CR2.3 Los envases y los materiales (mallas, envoltorios, etiquetas,
marchamos, pajitas, cucharillas) se ubican para el acondicionado en las líneas
o equipos suministradores, accediendo al proceso, según el ritmo y sincronización
establecidos.
CR2.4 La dosificación y el llenado de los envases se efectúan con la
precisión, cadencia y dosis especificadas en las instrucciones de trabajo.
CR2.5 El cerrado y sellado del envase se realiza ajustadamente con el ritmo y
forma especificados en las instrucciones de la operación.
CR2.6 El producto envasado y acondicionado se traslada en la forma y al lugar
asignado, en las instrucciones de trabajo.
CR2.7 Se colabora en el recuento y control de los materiales y productos
consumidos en el proceso de envasado y acondicionado, disponiendo los
sobrantes en el lugar asignado para su reutilización.
RP3: Realizar el proceso de embalaje de los productos alimentarios envasados,
operando mandos sencillos y automáticos, siguiendo las instrucciones de
trabajo.
CR3.1 Se realiza la formación del paquete, palet o fardo, en la máquina de
embalaje correspondiente, conforme a las especificaciones establecidas.
CR3.2 Se ensayan los formatos de cartonaje, empapelado y retractilado
previamente, consiguiendo las posibles desviaciones, bajo la supervisión
del responsable del proceso.
CR3.3 Los materiales de embalaje se ubican en sus líneas o equipos
suministradores, para que entren en el proceso, con el ritmo y la sincronización
establecidos.
CR3.4 El producto acabado se separa por lotes, con la precisión y en la
cantidad especificada en las instrucciones de trabajo, según la orientación del
mismo y la envoltura correspondiente.
CR3.5 El sellado se realiza ajustadamente con el ritmo y la forma especificado
en las instrucciones de la operación, así como el atado y/o retractilado de las
unidades empaquetadas.
CR3.6 Se colocan en el lugar y la forma establecidos, los rótulos, marchamos,
tarjetas y otros indicativos que identifiquen al producto embalado, observando y
comunicando cualquier anomalía que se detecte.
CR3.7 La unidad embalada se traslada en la forma y al lugar asignado, siguiendo
las instrucciones de trabajo. En caso de utilización de equipos de robótica, se
regulan y vigilan durante la operación para detectar posibles anomalías.
CR3.8 Se colabora en el recuento y control de los materiales consumidos en
el proceso de embalaje, disponiendo los sobrantes en el lugar asignado para su
reutilización o tratamiento.

cve: BOE-A-2011-9931

Núm. 136