I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Certificados de profesionalidad. (BOE-A-2011-9930)
Real Decreto 645/2011, de 9 de mayo, por el que se establecen cinco certificados de profesionalidad de la familia profesional Administración y gestión que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan los certificados de profesionalidad establecidos en el Real Decreto 1210/2009, de 17 de julio.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 8 de junio de 2011
Sec. I. Pág. 56326
RP5: Obtener las copias necesarias de los documentos de trabajo en soporte
convencional o informático, en la cantidad y calidad requeridas por las características
del propio documento, y de acuerdo a las instrucciones recibidas, respetando las
normas de protección medioambiental.
CR5.1 Los parámetros relacionados con la información a copiar –tamaño,
ubicación, color, fotografías u otros– se identifican con precisión, de acuerdo
con las instrucciones y los manuales de uso de las herramientas de reprografía,
previamente a su copia.
CR5.2 Los medios de reprografía existentes –fotocopiadoras, escáneres,
grabadoras u otros– se utilizan con precisión, de acuerdo con las
instrucciones recibidas, los manuales de uso, y utilizando criterios de impacto
medioambiental.
CR5.3 Las copias se facilitan en el formato –ampliaciones, reducciones, copias
a dos caras, otros–, orden, número y plazo requeridos, y aplicando criterios de
sostenibilidad.
CR5.4 Los criterios de seguridad, confidencialidad y acceso a la información
obtenida, se respetan de forma rigurosa, siguiendo, en su caso, las instrucciones
y los procedimientos establecidos por la organización.
CR5.5 Las normas de prevención de riesgos en la utilización de los equipos de
reprografía, se respetan utilizando con rigor los equipos de protección necesarios,
mostrando concienciación sobre las consecuencias de su no utilización.
RP6: Realizar labores básicas de encuadernado funcional –grapado, encanutado,
otros, asegurando la correcta disposición y ordenación del documento, utilizando los
formatos más adecuados y de acuerdo con las instrucciones recibidas.
CR6.1 El mantenimiento establecido y los ajustes pertinentes, para un
adecuado funcionamiento de los equipos de encuadernación y cizallas, se
realizan periódicamente, siguiendo los protocolos para cada componente
del equipo, desechando los residuos conforme a su naturaleza y normativa
vigente.
CR6.2 Los materiales necesarios para la encuadernación, se preparan de
acuerdo con el tipo y tamaño del documento a encuadernar, o las instrucciones
recibidas.
CR6.3 La documentación se organiza, ordenándola de acuerdo con los
criterios establecidos y la correcta utilización de los medios disponibles.
CR6.4 Las dimensiones de los soportes empleados en la encuadernación, se
modifican de acuerdo con las instrucciones recibidas, empleando con precisión
y seguridad las herramientas disponibles –cizallas u otras.
CR6.5 Los materiales de las cubiertas de los documentos a encuadernar, se
escogen de acuerdo con los manuales de uso y las órdenes recibidas.
CR6.6 La documentación se encuaderna –encanutado, grapado, espiralado,
anillado u otras formas de encuadernar básicas– en función de las características
del documento y de acuerdo con las instrucciones recibidas.
CR6.7 El documento encuadernado se comprueba que cumple con los criterios
de calidad establecidos, por el superior y la organización.
RP7: Escanear o reproducir en formato digital los documentos oportunos, garantizando
la máxima calidad de los mismos de acuerdo con los manuales e instrucciones
recibidas, a fin de su conservación y archivo.
CR7.1 Los documentos a escanear se comprueba que no han sido previamente
digitalizados, para evitar duplicidades.
CR7.2 La estructura básica de carpetas que contendrán los nuevos
documentos, se identifica con precisión para la correcta ubicación de los mismos
y su posterior recuperación.
cve: BOE-A-2011-9930
Núm. 136
Miércoles 8 de junio de 2011
Sec. I. Pág. 56326
RP5: Obtener las copias necesarias de los documentos de trabajo en soporte
convencional o informático, en la cantidad y calidad requeridas por las características
del propio documento, y de acuerdo a las instrucciones recibidas, respetando las
normas de protección medioambiental.
CR5.1 Los parámetros relacionados con la información a copiar –tamaño,
ubicación, color, fotografías u otros– se identifican con precisión, de acuerdo
con las instrucciones y los manuales de uso de las herramientas de reprografía,
previamente a su copia.
CR5.2 Los medios de reprografía existentes –fotocopiadoras, escáneres,
grabadoras u otros– se utilizan con precisión, de acuerdo con las
instrucciones recibidas, los manuales de uso, y utilizando criterios de impacto
medioambiental.
CR5.3 Las copias se facilitan en el formato –ampliaciones, reducciones, copias
a dos caras, otros–, orden, número y plazo requeridos, y aplicando criterios de
sostenibilidad.
CR5.4 Los criterios de seguridad, confidencialidad y acceso a la información
obtenida, se respetan de forma rigurosa, siguiendo, en su caso, las instrucciones
y los procedimientos establecidos por la organización.
CR5.5 Las normas de prevención de riesgos en la utilización de los equipos de
reprografía, se respetan utilizando con rigor los equipos de protección necesarios,
mostrando concienciación sobre las consecuencias de su no utilización.
RP6: Realizar labores básicas de encuadernado funcional –grapado, encanutado,
otros, asegurando la correcta disposición y ordenación del documento, utilizando los
formatos más adecuados y de acuerdo con las instrucciones recibidas.
CR6.1 El mantenimiento establecido y los ajustes pertinentes, para un
adecuado funcionamiento de los equipos de encuadernación y cizallas, se
realizan periódicamente, siguiendo los protocolos para cada componente
del equipo, desechando los residuos conforme a su naturaleza y normativa
vigente.
CR6.2 Los materiales necesarios para la encuadernación, se preparan de
acuerdo con el tipo y tamaño del documento a encuadernar, o las instrucciones
recibidas.
CR6.3 La documentación se organiza, ordenándola de acuerdo con los
criterios establecidos y la correcta utilización de los medios disponibles.
CR6.4 Las dimensiones de los soportes empleados en la encuadernación, se
modifican de acuerdo con las instrucciones recibidas, empleando con precisión
y seguridad las herramientas disponibles –cizallas u otras.
CR6.5 Los materiales de las cubiertas de los documentos a encuadernar, se
escogen de acuerdo con los manuales de uso y las órdenes recibidas.
CR6.6 La documentación se encuaderna –encanutado, grapado, espiralado,
anillado u otras formas de encuadernar básicas– en función de las características
del documento y de acuerdo con las instrucciones recibidas.
CR6.7 El documento encuadernado se comprueba que cumple con los criterios
de calidad establecidos, por el superior y la organización.
RP7: Escanear o reproducir en formato digital los documentos oportunos, garantizando
la máxima calidad de los mismos de acuerdo con los manuales e instrucciones
recibidas, a fin de su conservación y archivo.
CR7.1 Los documentos a escanear se comprueba que no han sido previamente
digitalizados, para evitar duplicidades.
CR7.2 La estructura básica de carpetas que contendrán los nuevos
documentos, se identifica con precisión para la correcta ubicación de los mismos
y su posterior recuperación.
cve: BOE-A-2011-9930
Núm. 136