I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Certificados de profesionalidad. (BOE-A-2011-9930)
Real Decreto 645/2011, de 9 de mayo, por el que se establecen cinco certificados de profesionalidad de la familia profesional Administración y gestión que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan los certificados de profesionalidad establecidos en el Real Decreto 1210/2009, de 17 de julio.
335 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 8 de junio de 2011
Sec. I. Pág. 56318
mantienen en el área de trabajo, en las condiciones de orden y actualización
precisas, de acuerdo con el protocolo de la organización.
RP2: Realizar el apoyo a la gestión de la correspondencia, interna y externa,
convencional o electrónica, y de la paquetería, de forma rápida y eficiente, y siguiendo
las instrucciones recibidas a fin de distribuirla a quien corresponda.
CR2.1 Los medios para el envío y recepción de correspondencia –fax, burofax,
correo convencional, electrónico u otros– se utilizan con destreza y precisión
pidiendo o, en su caso, cumplimentando los justificantes de envío necesarios
para su registro.
CR2.2 La correspondencia convencional o electrónica, y la paquetería recibida
o emitida, se registran conforme a las normas internas, a través de los medios
convencionales o informáticos disponibles en la organización.
CR2.3 La correspondencia convencional o electrónica, y la paquetería, recibida
o emitida, se organizan clasificándolas según los criterios fijados –normal,
urgente, certificados, otras–, generando, en su caso, las reproducciones,
devoluciones y/o consultas que resulten pertinentes.
CR2.4 La correspondencia una vez registrada, clasificada y/o reproducida
se distribuye entre las personas y/o a los servicios internos o externos de la
organización con precisión, de acuerdo con los plazos, y en el formato y número
de ejemplares requeridos, según las instrucciones recibidas.
CR2.5 Los datos identificativos necesarios de las comunicaciones a emitir
–destinatario, acuse de recibo, otros– se comprueban que están acordes con
los datos del destinatario, facilitados por el superior u obtenidos de las bases de
datos.
CR2.6 La correspondencia de uso habitual se prepara para su envío –doblados,
ensobrados, sellados, otros–, de acuerdo con las instrucciones y procedimientos
establecidos.
CR2.7 El embalado y/o empaquetado, en su caso, se realiza utilizando los
materiales pertinentes, asegurando su protección física de forma rápida y
precisa, y teniendo en cuenta el estilo e imagen de la organización y la normativa
vigente.
CR2.8 Los trámites rutinarios relacionados con la gestión de correspondencia
y paquetería, realizados fuera de la organización, se efectúan de acuerdo
con los principios de integridad y responsabilidad, y aplicando los criterios de
optimización de costes propuestos por el superior.
CR2.9 La normativa legal de seguridad y confidencialidad en los sistemas
de comunicación y, en su caso, en la manipulación de la correspondencia y
paquetería, se aplica con rigor en el registro, la distribución y la manipulación de
la información.
RP3: Cotejar y registrar documentos comerciales, administrativos, de tesorería, u
otros del ámbito de la organización, siguiendo las instrucciones recibidas, a través de
las aplicaciones informáticas específicas o genéricas, a fin de asegurar la fiabilidad de
la información.
CR3.1 Los datos relativos a ficheros de clientes, proveedores, fichas de
almacén, referencias de productos, tarifas, u otros registros comerciales, se
actualizan de acuerdo con las instrucciones recibidas y los medios disponibles
–manuales o informáticos.
CR3.2 Los pedidos se registran con corrección y a través de los medios
existentes –manuales o informáticos–, en los plazos establecidos, de acuerdo
con las especificaciones establecidas y la legislación vigente.
CR3.3 Los datos de documentos comerciales, administrativos, de tesorería u
otros, del ámbito de la organización, se comprueban que están correctamente
registrados en los ficheros convencionales o informáticos, comunicando a quien
cve: BOE-A-2011-9930
Núm. 136
Miércoles 8 de junio de 2011
Sec. I. Pág. 56318
mantienen en el área de trabajo, en las condiciones de orden y actualización
precisas, de acuerdo con el protocolo de la organización.
RP2: Realizar el apoyo a la gestión de la correspondencia, interna y externa,
convencional o electrónica, y de la paquetería, de forma rápida y eficiente, y siguiendo
las instrucciones recibidas a fin de distribuirla a quien corresponda.
CR2.1 Los medios para el envío y recepción de correspondencia –fax, burofax,
correo convencional, electrónico u otros– se utilizan con destreza y precisión
pidiendo o, en su caso, cumplimentando los justificantes de envío necesarios
para su registro.
CR2.2 La correspondencia convencional o electrónica, y la paquetería recibida
o emitida, se registran conforme a las normas internas, a través de los medios
convencionales o informáticos disponibles en la organización.
CR2.3 La correspondencia convencional o electrónica, y la paquetería, recibida
o emitida, se organizan clasificándolas según los criterios fijados –normal,
urgente, certificados, otras–, generando, en su caso, las reproducciones,
devoluciones y/o consultas que resulten pertinentes.
CR2.4 La correspondencia una vez registrada, clasificada y/o reproducida
se distribuye entre las personas y/o a los servicios internos o externos de la
organización con precisión, de acuerdo con los plazos, y en el formato y número
de ejemplares requeridos, según las instrucciones recibidas.
CR2.5 Los datos identificativos necesarios de las comunicaciones a emitir
–destinatario, acuse de recibo, otros– se comprueban que están acordes con
los datos del destinatario, facilitados por el superior u obtenidos de las bases de
datos.
CR2.6 La correspondencia de uso habitual se prepara para su envío –doblados,
ensobrados, sellados, otros–, de acuerdo con las instrucciones y procedimientos
establecidos.
CR2.7 El embalado y/o empaquetado, en su caso, se realiza utilizando los
materiales pertinentes, asegurando su protección física de forma rápida y
precisa, y teniendo en cuenta el estilo e imagen de la organización y la normativa
vigente.
CR2.8 Los trámites rutinarios relacionados con la gestión de correspondencia
y paquetería, realizados fuera de la organización, se efectúan de acuerdo
con los principios de integridad y responsabilidad, y aplicando los criterios de
optimización de costes propuestos por el superior.
CR2.9 La normativa legal de seguridad y confidencialidad en los sistemas
de comunicación y, en su caso, en la manipulación de la correspondencia y
paquetería, se aplica con rigor en el registro, la distribución y la manipulación de
la información.
RP3: Cotejar y registrar documentos comerciales, administrativos, de tesorería, u
otros del ámbito de la organización, siguiendo las instrucciones recibidas, a través de
las aplicaciones informáticas específicas o genéricas, a fin de asegurar la fiabilidad de
la información.
CR3.1 Los datos relativos a ficheros de clientes, proveedores, fichas de
almacén, referencias de productos, tarifas, u otros registros comerciales, se
actualizan de acuerdo con las instrucciones recibidas y los medios disponibles
–manuales o informáticos.
CR3.2 Los pedidos se registran con corrección y a través de los medios
existentes –manuales o informáticos–, en los plazos establecidos, de acuerdo
con las especificaciones establecidas y la legislación vigente.
CR3.3 Los datos de documentos comerciales, administrativos, de tesorería u
otros, del ámbito de la organización, se comprueban que están correctamente
registrados en los ficheros convencionales o informáticos, comunicando a quien
cve: BOE-A-2011-9930
Núm. 136