I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE FOMENTO. Sistema aeroportuario. (BOE-A-2011-9926)
Orden FOM/1525/2011, de 7 de junio, por la que se acuerda el inicio del ejercicio efectivo de funciones y obligaciones en materia de gestión aeroportuaria por "Aena Aeropuertos, SA".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 8 de junio de 2011

Sec. I. Pág. 55802

cualquier naturaleza que haya suscrito AENA relacionados con la Actividad, y la totalidad
de los pleitos relacionados con el desarrollo de actividades aeroportuarias, comerciales y
otros servicios estatales vinculados a la gestión aeroportuaria, incluidos los afectos a los
servicios de tránsito aéreo de aeródromo.
Igualmente el accionista único de «Aena Aeropuertos, S.A.», declara expresamente que
todo el personal de la entidad pública empresarial AENA necesario para la prestación de los
servicios de la Actividad se aporta a la sociedad y se integra en ésta, en las condiciones que
figuran en el Acuerdo del Consejo de Administración de AENA de 23 de mayo.
Por último, el accionista único acepta las aportaciones realizadas y declara íntegramente
suscritas y desembolsadas las acciones emitidas, junto con la totalidad de su correspondiente
prima de emisión, con efectos desde la fecha de emisión de la decisión, fecha en la que
entran en vigor los derechos inherentes a tales acciones.
Conforme a lo señalado anteriormente y de conformidad con lo establecido en la
disposición transitoria segunda del Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, una vez
delimitado el personal y el conjunto de bienes, derechos, contratos expedientes y
obligaciones de AENA que se integran en «Aena Aeropuertos, S.A.», realizada su aportación
a la sociedad mercantil estatal y aceptada por ésta dicha aportación, por medio de la
presente Orden Ministerial se procede a acordar el inicio efectivo de funciones y obligaciones
en materia de gestión aeroportuaria por «Aena Aeropuertos, S.A.».
No obstante, y dado que la subrogación efectiva de «Aena Aeropuertos, S.A.», en los
contratos laborales y de cualquier otra naturaleza de AENA sólo se produce una vez
iniciado el ejercicio efectivo de funciones y obligaciones por aquélla, se procede a
concretarlo en esta Orden, resultando así público para todos aquellos afectados por los
contratos que son objeto de transmisión.
Por último, esta orden en el ejercicio de las competencias del Departamento, acuerda
la colaboración de AENA en la aportación de los datos y documentos de que disponga en
relación con los procedimientos en los que la suceda «Aena Aeropuertos, S.A.», y recoge,
a efectos de público conocimiento, las disposiciones precisas para la continuidad de los
expedientes expropiatorios en tramitación en la fecha de ejercicio efectivo de la actividad
de «Aena Aeropuertos, S.A.», conforme a la instrucción dada por el Director General de
Aviación Civil en el ejercicio de sus competencias.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en la disposición transitoria segunda del
Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, dispongo:
Artículo 1. Ejercicio efectivo por «Aena Aeropuertos, S.A.», de sus funciones y obligaciones
de gestión aeroportuaria.
1. La sociedad mercantil estatal «Aena Aeropuertos, S.A.», comenzará a ejercer de
manera efectiva su objeto social con efectos 8 de junio de 2011, fecha a partir de la cual la
entidad pública empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) dejará de
realizar la actividad de gestión aeroportuaria.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, permanecerán integrados en
AENA los bienes, derechos, obligaciones y deudas afectos a la actividad de aprobación de
los proyectos constructivos de las inversiones aeroportuarias de las infraestructuras cuya
explotación se atribuye a «Aena Aeropuertos, S.A.», y a la facilitación y coordinación de
franjas horarias, así como a cualquier otra actividad relacionada con la gestión aeroportuaria
que no forme parte del objeto social de «Aena Aeropuertos, S.A.».
Artículo 2. Subrogación en los contratos.
En aplicación de lo previsto en el artículo 8 y disposición transitoria tercera del Real
Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y
liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo, y de conformidad con

cve: BOE-A-2011-9926

Núm. 136