I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE FOMENTO. Sistema aeroportuario. (BOE-A-2011-9926)
Orden FOM/1525/2011, de 7 de junio, por la que se acuerda el inicio del ejercicio efectivo de funciones y obligaciones en materia de gestión aeroportuaria por "Aena Aeropuertos, SA".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Miércoles 8 de junio de 2011

I.

Sec. I. Pág. 55801

DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE FOMENTO
Orden FOM/1525/2011, de 7 de junio, por la que se acuerda el inicio del
ejercicio efectivo de funciones y obligaciones en materia de gestión aeroportuaria
por «Aena Aeropuertos, SA».

El Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal,
laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo, prevé, para la
modernización del sistema aeroportuario, un nuevo modelo de gestión de los aeropuertos
de interés general de titularidad estatal que pasa por la creación de la sociedad mercantil
estatal «Aena Aeropuertos, S.A.», a la que atribuye el conjunto de funciones y obligaciones
que actualmente ejerce la entidad pública empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación
Aérea (AENA) en materia de gestión y explotación de los servicios aeroportuarios, así
como cualesquiera otras que la normativa nacional o internacional atribuya al gestor
aeroportuario, en relación a la red de aeropuertos y helipuertos gestionados por AENA.
Autorizada la creación de la sociedad mercantil estatal «Aena Aeropuertos, S.A.», por
Acuerdo de Consejo de Ministros, de 25 de febrero de 2011, el Consejo de Administración
de AENA el 23 de mayo de 2011, acuerda autorizar la aportación a «Aena Aeropuertos,
S.A.», de los bienes, derechos, deudas y obligaciones de la entidad pública empresarial
afectos al desarrollo de las actividades aeroportuarias, comerciales y a otros servicios
estatales vinculados a la gestión aeroportuarias, incluidos los servicios de tránsito aéreo
de aeródromo (en adelante, la Actividad) y establece que queden integrados en AENA,
conforme al apartado cuarto del Acuerdo de Consejo de Ministros de 25 de febrero de
2011, los bienes, derechos, obligaciones y deudas afectos a la actividad de aprobación de
los proyectos constructivos en las inversiones aeroportuarias de las infraestructuras cuya
explotación se atribuye a «Aena Aeropuertos, S.A.», y a la facilitación y coordinación de
franjas horarias, así como a cualquier otra actividad relacionada con la gestión aeroportuaria
que no forme parte del objeto social de «Aena Aeropuertos, S.A.».
El Consejo de Administración de AENA ha aprobado, asimismo, la valoración de la
Actividad. Esta valoración se ha realizado tomando como referencia su valor neto
patrimonial a 31 de diciembre de 2010 conforme a las normas contables en vigor y
efectuando una estimación a 31 de mayo de 2011, con alguna corrección derivada de la
incorporación de los servicios de tránsito aéreo de aeródromos al ámbito aeroportuario. Se
transmiten a «Aena Aeropuertos, S.A.», el conjunto de contratos, expedientes y pleitos en
curso vinculados a la actividad aeroportuaria. Así mismo, también se transmite a la nueva
sociedad estatal el personal dedicado de manera principal a las actividades aeroportuarias
conforme a la delimitación establecida en la presente Orden, subrogándose la nueva
sociedad estatal en la condición de empleador. Conforme a lo acordado, dicho personal se
seguirá rigiendo por los convenios colectivos y demás pactos vigentes, respetándose su
antigüedad y cualquier otro derecho que tengan consolidado cuando la sociedad mercantil
estatal comience el ejercicio de sus funciones. Al considerar que se trata de un supuesto
de sucesión de empresa, el acuerdo establece que se llevarán a cabo los trámites exigidos
para cumplir los requisitos exigidos por el artículo 44.1 del Estatuto de los Trabajadores.
Por Acuerdo de Consejo de Ministros de 3 de junio de 2011, se autorizó la aportación
de los bienes integrantes del patrimonio aeroportuario de la entidad pública empresarial
Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) a la sociedad estatal «Aena
Aeropuertos, S.A.», y se acordó la ampliación de su capital, en los términos que resultan
del Acuerdo del Consejo de Administración de AENA de 23 de mayo de 2011.
Por decisión de AENA, accionista único de «Aena Aeropuertos, S.A.», de 6 de junio de
2011, se procede a dar cumplimiento al Acuerdo del Consejo de Ministros 3 de junio de
2011, aceptando la aportación de la Actividad, la subrogación en todos los contratos de

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