III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2011-9970)
Orden EDU/1541/2011, de 2 de junio, por la que se convocan subvenciones para favorecer la movilidad de profesores visitantes y de estudiantes en enseñanzas universitarias oficiales de máster para el curso académico 2011-2012, incluidos los desarrollados conjuntamente por universidades francesas y españolas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Miércoles 8 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 57525

Artículo 43. Presentación del proyecto de cooperación, formalización de las solicitudes y
plazos de presentación.
1. Los coordinadores de las universidades españolas que participen en másteres
conjuntos hispano-franceses, presentarán la memoria del proyecto de cooperación en el
modelo de impreso que estará disponible en la dirección de Internet http://www.educacion.es
y la presentarán directamente en el Registro del Ministerio de Educación, calle Los
Madrazo, 15-17, 28071 Madrid, o por cualquiera de los procedimientos previstos en el
artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
A estos efectos, los registros de las Universidades no tendrán validez en cuanto al
cumplimiento de los plazos de la convocatoria. Las solicitudes que se presenten a través
de las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas antes
de su certificación.
2. Los proyectos conjuntos deberán contemplar una cooperación mínima de tres
años y deberán incluir la siguiente información y documentos:
a) Datos de los coordinadores del máster por parte española y francesa.
b) Descripción del proyecto conjunto incluyendo plan de trabajo y objetivos científicos
o académicos.
c) Breve currículum vitae de los investigadores responsables español y francés.
d) Relación de universidades participantes, en caso de que la propuesta sea en
forma de red.
e) Número de solicitudes y períodos de estancia de movilidad de profesores.
f) Número de solicitudes y periodos de estancia de movilidad de estudiantes.
g) Junto a la memoria del proyecto se presentará el convenio de colaboración suscrito
entre las universidades participantes en el proyecto conjunto de cooperación.
3.
2011:

Las solicitudes de proyectos ya seleccionados en los cursos 2009-2010 y 2010-

a) Informe de las actividades desarrolladas durante el primer año de vigencia del
proyecto.
b) Memoria el plan de trabajo y objetivos científicos propuestos para el nuevo
período.
c) Número y períodos de estancias de movilidad de profesores.
d) Número y períodos de estancias de movilidad de estudiantes.
4. El plazo de presentación del proyecto de cooperación o la memoria en el caso de
los seleccionados en los cursos 2009-2010 y 2010-2011 será de quince días desde el día
siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

1. Los profesores para los que se solicite ayuda de movilidad deberán pertenecer a
la plantilla permanente de la universidad y del máster participante en el proyecto. Los
estudiantes deberán reunir los requisitos que se establecen en el capítulo II de esta
convocatoria.
2. El plazo de presentación de las solicitudes de movilidad para profesores de los
centros españoles se publicará en la página web del Ministerio de Educación y se
comunicará a los coordinadores una vez seleccionados los proyectos de acuerdo con lo
que se establece en el artículo 45.
El plazo de presentación de las solicitudes de estudiantes será el establecido en
capítulo II de la presente convocatoria.

cve: BOE-A-2011-9970

Artículo 44. Requisitos para las estancias de movilidad de profesores y estudiantes y
plazos de presentación.