III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2011-9970)
Orden EDU/1541/2011, de 2 de junio, por la que se convocan subvenciones para favorecer la movilidad de profesores visitantes y de estudiantes en enseñanzas universitarias oficiales de máster para el curso académico 2011-2012, incluidos los desarrollados conjuntamente por universidades francesas y españolas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136
Miércoles 8 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 57516
2. La Dirección General de Política Universitaria, a efectos de automatizar el proceso
de tramitación de las solicitudes, facilitará a las Universidades los formularios indicados
como impresos a) y c) en formato electrónico. Por el órgano instructor del procedimiento
se darán las instrucciones precisas para facilitar la presentación electrónica de los
impresos.
3. El plazo de presentación de las solicitudes y documentación señalada en el
apartado primero de este artículo, por el procedimiento indicado en el artículo 4 de la
presente convocatoria, será de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de
finalización del plazo de presentación de las solicitudes de los profesores visitantes a las
universidades.
4. La Dirección General de Política Universitaria, terminados los plazos de
presentación de solicitudes y con la finalidad de confirmar las solicitudes en un solo
documento conjunto, requerirá de oficio al Vicerrectorado competente en las enseñanzas
de máster en cada universidad, la conformidad con la relación de solicitudes recibidas y
con la representación del coordinador del máster a los efectos de los derechos y obligaciones
que adquiere y, asimismo, por las funciones que debe realizar el coordinador del máster
de acuerdo con lo establecido en la presente convocatoria.
Artículo 21.
Selección y concesión de las ayudas.
1. La Comisión de Selección a la que se refiere el artículo 6.2 de esta convocatoria,
elaborará la propuesta que contendrá la relación por cada master en función de la totalidad
de solicitudes presentadas, y atendiendo a los criterios que a continuación se indican:
2. La valoración tendrá un efecto directo en el número de profesores a financiar para
cada máster. Con el fin de que la valoración resulte homogénea en función de las
características del máster, se tendrá en cuenta la participación de dos o más universidades
en el máster y si los profesores invitados pertenecen a países del EEES.
3. En el caso de empate se dará prioridad a los masteres con mayor participación de
profesores del EEES.
4. Cualquiera que fuese el resultado de la valoración, no se podrá efectuar propuesta
de movilidad para ningún profesor en los casos de los másteres cuya matricula de
estudiantes sea inferior al 75 % de la media de los másteres presentados a la convocatoria,
comparados entre los grupos a los que se refiere el párrafo 2 anterior, y teniendo en cuenta
si el número de créditos para la obtención del título son 60, 90 y 120.
5. Previa a la selección, los másteres admitidos deberán certificar el número de
estudiantes matriculados en el curso 2011-2012.
6. El órgano instructor elevará la propuesta de concesión que contendrá el número
de semanas de estancia de movilidad que se asigna a los profesores de cada máster.
cve: BOE-A-2011-9970
a) Por contribución a la construcción del EEES: relación entre el total de profesores
visitantes y el número de ellos pertenecientes a países del EEES, hasta 3 puntos.
b) Por la actividad docente a desarrollar por los profesores visitantes: relación entre
la media de semanas de estancias de los profesores de cada máster, con relación a la
media de semanas de estancia del total de la convocatoria, hasta 2 puntos.
c) Por esfuerzo de financiación de la universidad o universidades participantes en el
máster: número de estudiantes matriculados en el máster con relación a la media de los
presentados en la convocatoria, relación entre el número de profesores propuestos para
ayudas de movilidad con la totalidad de profesores que lo imparten y la media de profesores
por máster de la convocatoria, hasta 3 puntos.
d) Por capacidad de captación de estudiantes: relación entre el número de estudiantes
matriculados en el máster y la media de matrícula de los másteres de ese grupo que se
presenten a la convocatoria, hasta 2 puntos.
Núm. 136
Miércoles 8 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 57516
2. La Dirección General de Política Universitaria, a efectos de automatizar el proceso
de tramitación de las solicitudes, facilitará a las Universidades los formularios indicados
como impresos a) y c) en formato electrónico. Por el órgano instructor del procedimiento
se darán las instrucciones precisas para facilitar la presentación electrónica de los
impresos.
3. El plazo de presentación de las solicitudes y documentación señalada en el
apartado primero de este artículo, por el procedimiento indicado en el artículo 4 de la
presente convocatoria, será de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de
finalización del plazo de presentación de las solicitudes de los profesores visitantes a las
universidades.
4. La Dirección General de Política Universitaria, terminados los plazos de
presentación de solicitudes y con la finalidad de confirmar las solicitudes en un solo
documento conjunto, requerirá de oficio al Vicerrectorado competente en las enseñanzas
de máster en cada universidad, la conformidad con la relación de solicitudes recibidas y
con la representación del coordinador del máster a los efectos de los derechos y obligaciones
que adquiere y, asimismo, por las funciones que debe realizar el coordinador del máster
de acuerdo con lo establecido en la presente convocatoria.
Artículo 21.
Selección y concesión de las ayudas.
1. La Comisión de Selección a la que se refiere el artículo 6.2 de esta convocatoria,
elaborará la propuesta que contendrá la relación por cada master en función de la totalidad
de solicitudes presentadas, y atendiendo a los criterios que a continuación se indican:
2. La valoración tendrá un efecto directo en el número de profesores a financiar para
cada máster. Con el fin de que la valoración resulte homogénea en función de las
características del máster, se tendrá en cuenta la participación de dos o más universidades
en el máster y si los profesores invitados pertenecen a países del EEES.
3. En el caso de empate se dará prioridad a los masteres con mayor participación de
profesores del EEES.
4. Cualquiera que fuese el resultado de la valoración, no se podrá efectuar propuesta
de movilidad para ningún profesor en los casos de los másteres cuya matricula de
estudiantes sea inferior al 75 % de la media de los másteres presentados a la convocatoria,
comparados entre los grupos a los que se refiere el párrafo 2 anterior, y teniendo en cuenta
si el número de créditos para la obtención del título son 60, 90 y 120.
5. Previa a la selección, los másteres admitidos deberán certificar el número de
estudiantes matriculados en el curso 2011-2012.
6. El órgano instructor elevará la propuesta de concesión que contendrá el número
de semanas de estancia de movilidad que se asigna a los profesores de cada máster.
cve: BOE-A-2011-9970
a) Por contribución a la construcción del EEES: relación entre el total de profesores
visitantes y el número de ellos pertenecientes a países del EEES, hasta 3 puntos.
b) Por la actividad docente a desarrollar por los profesores visitantes: relación entre
la media de semanas de estancias de los profesores de cada máster, con relación a la
media de semanas de estancia del total de la convocatoria, hasta 2 puntos.
c) Por esfuerzo de financiación de la universidad o universidades participantes en el
máster: número de estudiantes matriculados en el máster con relación a la media de los
presentados en la convocatoria, relación entre el número de profesores propuestos para
ayudas de movilidad con la totalidad de profesores que lo imparten y la media de profesores
por máster de la convocatoria, hasta 3 puntos.
d) Por capacidad de captación de estudiantes: relación entre el número de estudiantes
matriculados en el máster y la media de matrícula de los másteres de ese grupo que se
presenten a la convocatoria, hasta 2 puntos.