III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Ayudas. (BOE-A-2011-9966)
Orden EDU/1539/2011, de 2 de junio, por la que se convocan para el año 2011 las ayudas correspondientes al subprograma de excelencia del programa campus de excelencia internacional, y se desarrolla el procedimiento para otorgar la calificación de campus de excelencia internacional y para suscribir convenios con las comunidades autónomas en el ámbito de la Orden EDU/903/2010, de 8 de abril.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 8 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 57494

regulada en el capítulo III la Orden EDU/903/2010, de 8 de abril, y deseen modificar u
obtener la calificación CEI de su campus, deberán cumplimentar el apartado específico de
solicitud que figurará en la página web del Ministerio de Educación y serán evaluados
directamente por la Comisión Internacional.
En el caso de los proyectos que ostenten la calificación CEIR, no podrán solicitar la
recalificación a proyecto CEI hasta que haya transcurrido una convocatoria adicional a
aquella en la que obtuvieron dicha calificación.
3. En el caso de que no fuera posible presentar la solicitud, o alguno de los restantes
documentos mencionados anteriormente mediante firma electrónica avanzada, el
interesado remitirá el proyecto de conversión a Campus de Excelencia Internacional por
vía telemática usando la página web del Ministerio de Educación; posteriormente, y siempre
dentro del plazo habilitado al efecto, presentará en soporte físico el impreso de solicitud,
debidamente firmado por el Rector o persona que acredite capacidad para solicitar la
subvención en nombre de la universidad solicitante, así como los restantes documentos
mencionados, ante el Registro del Ministerio de Educación, calle Los Madrazo, 17, o en
cualquier otro de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Artículo 5. Criterios de Evaluación del Subprograma de Excelencia.
Para la selección de los proyectos que serán propuestos para recibir financiación en el
marco del Subprograma de Excelencia, o concurrir a la segunda fase en el caso de universidades
que no sean poderes adjudicadores, los criterios de evaluación serán los siguientes:
a) Mejora docente y adaptación al Espacio Europeo de Educación Superior. Hasta un
máximo de 20 puntos, 5 de los cuales se asignarán a la posición del campus y el
reconocimiento nacional e internacional del nivel de calidad en el que se encuentra en este
ámbito, en el momento de presentar la solicitud.
b) Mejora científica y transferencia de conocimiento. Hasta un máximo de 20
puntos, 5 de los cuales se asignarán a la posición del campus y el reconocimiento
nacional e internacional del nivel de calidad en el que se encuentra en este ámbito, en el
momento de presentar la solicitud.
c) Transformación del campus para el desarrollo de un modelo social integral y su
interacción con el entorno territorial. Hasta un máximo de 20 puntos, 5 de los cuales se
asignarán a los avances con los que ya cuenta el campus en este ámbito en el momento
de presentar la solicitud.
d) Identificación de las áreas temáticas de especialización basadas en las fortalezas
propias de la agregación, donde el campus puede alcanzar un claro liderazgo europeo e
internacional. Hasta un máximo de 11 puntos.
e) Agregaciones previstas en el proyecto que complementen y colaboren con el
campus en el desarrollo de las áreas de especialización, designando a las entidades
adheridas, grado de implicación y de complementariedad estratégica, y las mejoras que se
derivarán para la posición internacional del campus como consecuencia de la agregación.
Hasta un máximo de 11 puntos.
f) Políticas y actuaciones de internacionalización del campus, especialmente
aquellas dedicadas a la atracción del talento así como su fomento mediante políticas
internas de estímulo. Hasta un máximo de 6 puntos.
g) La participación del campus universitario en un nuevo modelo de economía
sostenible, dentro del ámbito nacional, autonómico o regional, incluyendo regiones
europeas, en el ejercicio de su responsabilidad social y como agente dinamizador
económico y social, actuaciones que se alineen dentro de estrategias más globales. Hasta
un máximo de 6 puntos.
h) Creación de alianzas y redes nacionales e internacionales de conocimiento e
innovación que se plasmen en titulaciones conjuntas o múltiples de Grado y Máster, así como
en la constitución de Escuelas de Doctorado y Escuelas de Posgrado internacionales e
interuniversitarias, con programas conjuntos de investigación. Hasta un máximo de 6 puntos.

cve: BOE-A-2011-9966

Núm. 136