III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2011-9841)
Resolución de 26 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Comunidad de Madrid para la cesión de uso de derechos del sistema Lexnet del Ministerio de Justicia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134
Lunes 6 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 55444
El Ministerio de Justicia estudiará cada una de las peticiones y será el encargado de
incorporar aquellas que se considere sean necesarias al código fuente original.
El Ministerio de Justicia pondrá a disposición de la Comunidad de Madrid aquellas
modificaciones, actualizaciones o nuevas versiones que efectúe en los aplicativos y que
deban ser instalados en equipos informáticos ubicados en dependencias de la Comunidad.
Corresponderá al Ministerio de Justicia instalar las modificaciones, actualizaciones o
nuevas versiones que sean precisas en sus propios equipos informáticos. Estas
actualizaciones se efectuarán de forma coordinada entre las dos Administraciones.
Tercera. Carácter gratuito de la cesión.–La cesión objeto de este Convenio se realiza
con carácter gratuito sin ningún tipo de contraprestación a cargo de la Consejería de
Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid.
Cuarta. Compromisos de las partes.–La Comunidad de Madrid se compromete a no
facilitar a terceros ni los programas objeto de cesión ni ninguna documentación técnica
asociada al mismo, sin previo consentimiento del Ministerio de Justicia.
Corresponde al Ministerio de Justicia, dentro de las funciones que tiene atribuidas la
adquisición, implantación y sostenimiento de las infraestructura de base hardware y
software, de los aplicativos instalados en sus dependencias, así como la administración
del entorno de explotación.
Corresponderá a la Comunidad de Madrid:
a) Garantizar el funcionamiento de aquellos elementos que estuvieran instalados en
sus dependencias, en coordinación con el Ministerio de Justicia para garantizar el
funcionamiento integrado y conjunto de todo el sistema.
b) El despliegue y mantenimiento de la infraestructura local que necesiten los usuarios
del sistema en los órganos jurisdiccionales.
c) El soporte y formación a los usuarios del sistema, apara lo que contará con el
apoyo del Ministerio de Justicia que desarrollará un programa de formación de
formadores.
d) La gestión y administración de los usuarios y a la actualización de sus datos en el
directorio general del sistema.
e) La integración o interconexión de Lexnet a las aplicaciones de gestión procesal de
la Comunidad de Madrid.
f) La distribución y gestión de los dispositivos seguros de creación de la firma.
El Ministerio de Justicia y la Comunidad de Madrid acordarán, a través de la Comisión
de seguimiento que se establece a continuación, cuáles serán las autoridades de
certificación reconocida y los dispositivos seguros de generación de firma que se distribuirán
a los usuarios.
Quinta. Órganos de seguimiento y técnicos.–Al objeto de impulsar las actuaciones
previstas en este Convenio y garantizar su desarrollo integral se crean los siguientes
órganos:
Comisión de Seguimiento: La Comisión de Seguimiento estará integrada por un
representante de cada una de las partes con el nivel que se determine en el momento de
la convocatoria. Corresponderá a la Comisión de Seguimiento la aprobación de la
introducción de cambios o mejoras significativos en la aplicación o en su entorno de
explotación, así como la determinación de la forma de llevarlos a cabo, de la distribución
de sus costes y su seguimiento. También tomará conocimiento de cualesquiera otros
cambios o mejoras que el Ministerio de Justicia decida incorporar a los aplicativos de cara
a un mejor funcionamiento de los mismos.
La Comisión de Seguimiento podría ser convocada por cualquiera de sus miembros,
indicando los asuntos a tratar en la misma. En todo caso se reunirá al menos una vez por
semestre.
cve: BOE-A-2011-9841
Comisión de Seguimiento.
Comisión Técnica.
Núm. 134
Lunes 6 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 55444
El Ministerio de Justicia estudiará cada una de las peticiones y será el encargado de
incorporar aquellas que se considere sean necesarias al código fuente original.
El Ministerio de Justicia pondrá a disposición de la Comunidad de Madrid aquellas
modificaciones, actualizaciones o nuevas versiones que efectúe en los aplicativos y que
deban ser instalados en equipos informáticos ubicados en dependencias de la Comunidad.
Corresponderá al Ministerio de Justicia instalar las modificaciones, actualizaciones o
nuevas versiones que sean precisas en sus propios equipos informáticos. Estas
actualizaciones se efectuarán de forma coordinada entre las dos Administraciones.
Tercera. Carácter gratuito de la cesión.–La cesión objeto de este Convenio se realiza
con carácter gratuito sin ningún tipo de contraprestación a cargo de la Consejería de
Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid.
Cuarta. Compromisos de las partes.–La Comunidad de Madrid se compromete a no
facilitar a terceros ni los programas objeto de cesión ni ninguna documentación técnica
asociada al mismo, sin previo consentimiento del Ministerio de Justicia.
Corresponde al Ministerio de Justicia, dentro de las funciones que tiene atribuidas la
adquisición, implantación y sostenimiento de las infraestructura de base hardware y
software, de los aplicativos instalados en sus dependencias, así como la administración
del entorno de explotación.
Corresponderá a la Comunidad de Madrid:
a) Garantizar el funcionamiento de aquellos elementos que estuvieran instalados en
sus dependencias, en coordinación con el Ministerio de Justicia para garantizar el
funcionamiento integrado y conjunto de todo el sistema.
b) El despliegue y mantenimiento de la infraestructura local que necesiten los usuarios
del sistema en los órganos jurisdiccionales.
c) El soporte y formación a los usuarios del sistema, apara lo que contará con el
apoyo del Ministerio de Justicia que desarrollará un programa de formación de
formadores.
d) La gestión y administración de los usuarios y a la actualización de sus datos en el
directorio general del sistema.
e) La integración o interconexión de Lexnet a las aplicaciones de gestión procesal de
la Comunidad de Madrid.
f) La distribución y gestión de los dispositivos seguros de creación de la firma.
El Ministerio de Justicia y la Comunidad de Madrid acordarán, a través de la Comisión
de seguimiento que se establece a continuación, cuáles serán las autoridades de
certificación reconocida y los dispositivos seguros de generación de firma que se distribuirán
a los usuarios.
Quinta. Órganos de seguimiento y técnicos.–Al objeto de impulsar las actuaciones
previstas en este Convenio y garantizar su desarrollo integral se crean los siguientes
órganos:
Comisión de Seguimiento: La Comisión de Seguimiento estará integrada por un
representante de cada una de las partes con el nivel que se determine en el momento de
la convocatoria. Corresponderá a la Comisión de Seguimiento la aprobación de la
introducción de cambios o mejoras significativos en la aplicación o en su entorno de
explotación, así como la determinación de la forma de llevarlos a cabo, de la distribución
de sus costes y su seguimiento. También tomará conocimiento de cualesquiera otros
cambios o mejoras que el Ministerio de Justicia decida incorporar a los aplicativos de cara
a un mejor funcionamiento de los mismos.
La Comisión de Seguimiento podría ser convocada por cualquiera de sus miembros,
indicando los asuntos a tratar en la misma. En todo caso se reunirá al menos una vez por
semestre.
cve: BOE-A-2011-9841
Comisión de Seguimiento.
Comisión Técnica.