III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2011-9840)
Resolución de 20 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores e Iberoamericanos, por la que se convoca la concesión de subvenciones para la realización de actividades dirigidas a la divulgación, promoción y defensa de los derechos humanos, correspondientes a 2011.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134

Lunes 6 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 55435

Cada uno de los criterios anteriores se puntuará del 0 al 5, de la siguiente manera: 0 =
nulo, 1 = muy bajo, 2 = bajo, 3 = medio, 4 = alto y 5 = muy alto, y se valoraran con un peso
relativo del 25%. La puntuación final obtenida será la siguiente:
Puntuación Final = (criterio a x 0,25) + (criterio b x 0,25) + (criterio c x 0,25) + (criterio
d x 0,25).
Apartado 9.

Resolución.

El Secretario de Estado de Asuntos Exteriores e Iberoamericanos resolverá el
procedimiento en el plazo de 15 días desde la fecha de elevación de la propuesta de
resolución.
El plazo máximo para la resolución y notificación del procedimiento será de seis meses
contados a partir de la publicación de la presente convocatoria.
La resolución será motivada, debiendo en todo caso quedar acreditados los fundamentos
de la resolución que se adopte, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Contra la resolución que se dicte, que pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día
siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso contenciosoadministrativo ante la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en
el plazo de dos meses, conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente
ambos recursos.
Transcurrido el plazo máximo para resolver el procedimiento, sin que haya recaído
resolución expresa, se podrá entender desestimada la solicitud de ayuda.
Apartado 10.

Medio de notificación.

La resolución del Secretario de Estado deberá notificarse a los beneficiarios en los
términos previstos en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según
redacción contenida en la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la anterior, y
publicarse en el «Boletín Oficial del Estado». Dicha resolución pondrá fin a la vía
administrativa.
Apartado 11.

Plazo para la realización de la actividad.

La actividad objeto de la subvención deberá estar concluida un mes antes de la
finalización del año natural siguiente al de la resolución de la presente convocatoria: 30 de
noviembre de 2012.
Los gastos de preparación de la actividad que se produzcan previamente a la
notificación de la concesión de la subvención podrán ser admitidos como gastos
subvencionables únicamente si se han producido dentro año en que se inició la actividad.
Obligaciones de los beneficiarios.

Los beneficiarios de estas ayudas estarán obligados a lo establecido en el artículo 9
de la Orden AEC/1122/2011, de 15 de abril, de bases reguladoras para la concesión de
estas subvenciones y en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
La carta de aceptación expresa de la subvención concedida se deberá presentar en un
plazo máximo de 10 días hábiles a contar a partir del día siguiente a la recepción de la
notificación de concesión, si no fuera aceptada en dicho plazo se entenderá que renuncia
a la misma.

cve: BOE-A-2011-9840

Apartado 12.