III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2011-9840)
Resolución de 20 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores e Iberoamericanos, por la que se convoca la concesión de subvenciones para la realización de actividades dirigidas a la divulgación, promoción y defensa de los derechos humanos, correspondientes a 2011.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134

Lunes 6 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 55433

5.2 A la solicitud, que se presentará según el modelo que se une a esta convocatoria
como Anexo 1, deberá adjuntarse la siguiente documentación:
a) Formulario para la identificación del proyecto, según modelo que se adjunta a esta
convocatoria como Anexo 2.
b) Presupuesto estimado de los gastos que se prevean realizar desglosado por
partidas de gasto, según modelo que se adjunta como Anexo 3 que se adjunta a esta
convocatoria.
c) Memoria explicativa de las actividades proyectadas y que pueden ser objeto de la
subvención, fecha y lugar de realización, intervinientes previstos, contenido de las
actividades a desarrollar y resultados esperados.
d) Memoria explicativa de la entidad en la que se incluya relación del personal
responsable de la organización de la actividad presentada y actividades desarrolladas en
los tres últimos años en el ámbito de los derechos humanos.
e) Copia del alta y último recibo del Impuesto de Actividades Económicas o, en su
caso, declaración de exención.
f) En el caso de denegación del consentimiento a esta Secretaría de Estado (en el
Anexo 1) para que obtenga de forma directa la acreditación de que la entidad solicitante
se halla al corriente de sus obligaciones tributarias con Hacienda y Seguridad Social, se
deberán aportar las correspondientes certificaciones.
Los Anexos 1, 2 y 3 se presentarán por duplicado y el resto de la documentación en un
solo ejemplar. Dichos anexos se encontrarán, junto con la convocatoria, disponibles en la
página web del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación (www.maec.es)
5.3 Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la presente convocatoria, se
requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10
días, indicándole que si no lo hiciese se tendrá por desistido de su solicitud.
Apartado 6.

Plazo de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales a contar desde el
siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

De acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 22 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, la propuesta de concesión se formula al
órgano concedente por el órgano colegiado a través del órgano instructor.
El órgano instructor queda establecido en la Oficina de Derechos Humanos.
Dicho órgano instructor será asesorado por un órgano colegiado, Comisión de
Valoración, que estará compuesto por los siguientes Vocales: El Director de la Oficina de
Derechos Humanos, que ejercerá de Presidente, el Director del Gabinete de la Secretaría
de Estado de Asuntos Exteriores e Iberoamericanos, un representante de cada una de las
Direcciones Generales dependientes de esta Secretaría de Estado, un representante de
cada una de las Subdirecciones Generales dependientes de la Dirección General de
Asuntos Multilaterales y los/las Embajadores/as en Misión Especial dependientes de dicha
Dirección General, así como un representante de la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo.
Actuará como Secretario, con voz pero sin voto, un funcionario adscrito a la Oficina de
Derechos Humanos.
La concesión de estas subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia
competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer
una prelación entre las mismas.

cve: BOE-A-2011-9840

Apartado 7. Procedimiento de concesión y órganos competentes para la instrucción y
resolución del procedimiento.