II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2011-9834)
Resolución de 19 de mayo de 2011, de la Universidad Jaume I, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de junio de 2011

Sec. II.B. Pág. 55389

y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo empezará a partir del día siguiente a
la fecha de la publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» o en el «Boletín
Oficial del Estado» y finalizará transcurridos veinte días hábiles desde la última publicación.
Junto a la solicitud que se adjunta en el anexo II se deberá entregar la documentación
siguiente que acredita los requisitos necesarios para participar en este concurso:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad vigente. En el caso de las personas
que no tengan la nacionalidad española, se deberá presentar una fotocopia del documento
acreditativo de la nacionalidad, tarjeta de identidad o una fotocopia del pasaporte.
b) Certificaciones en que se acredita el cumplimiento de los requisitos específicos
que señala la base tercera para participar en el concurso de acceso.
c) Justificante de ingreso o abono, mediante el resguardo original de la transferencia
bancaria de la cantidad de 27,07 euros, en concepto de derechos de examen, en la cuenta
corriente de la Universidad Jaume I (número 3104549646 de Bancaja, entidad 2077,
sucursal 0580 de Castellón de la Plana).
La falta del pago de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias no
es subsanable.
Quinta. Lista de personas candidatas admitidas.–Una vez finalizado el plazo de
presentación de solicitudes, el Rectorado de la Universidad Jaume I dictará una resolución
en un plazo máximo de veinte días hábiles, en la que se declare aprobada la lista provisional
de personas admitidas y excluidas, en la que se indicará, con respecto a estas últimas, la
causa de su exclusión y donde se indicará a las personas interesadas que, si no lo
subsanan en el plazo improrrogable de diez días hábiles, perderán su derecho. Finalizado
este plazo, se elevará a definitiva la lista provisional con las modificaciones que proceda.
Estas resoluciones se publicarán en el tablón de anuncios y en la página web del
Servicio de Recursos Humanos (http://www.uji.es/CA/serveis/rec-hum/) (para acceder hay
que seguir la siguiente ruta: «Convocatorias en vigor», «Acceso funcionario de carrera»,
«Concurso de acceso al cuerpo de funcionarios docentes» y buscar la convocatoria
concreta), dentro de la convocatoria correspondiente.
Contra la resolución que aprueba la lista definitiva de personas aspirantes, las personas
que hayan resultado excluidas podrán interponer un recurso en los términos previstos en
los artículos 107 y 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sexta. Comisiones de los concursos de acceso.
1. Los concursos de acceso serán juzgados por Comisiones, cuya composición se
ajustará a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus componentes, procurando
una composición equilibrada entre mujeres y hombres, salvo que no sea posible por
razones fundadas y objetivas debidamente motivadas.
2. Las personas componentes de las Comisiones deben pertenecer al profesorado
del área de conocimiento al que se refiere la plaza o de una área afín, de categoría igual o
superior en la plaza objeto del concurso y que deben tener, por lo menos, dos sexenios de
investigación en el caso de las Catedráticas y Catedráticos de Universidad y un sexenio de
investigación, en el resto de cuerpos docentes universitarios. La designación de la
composición de las Comisiones recaerá en profesorado funcionario de los cuerpos
docentes universitarios, preferentemente de la Universidad Jaume I y del área de
conocimiento de la plaza, teniendo en cuenta las previsiones del artículo 89.2 de la Ley
Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. En la fecha de publicación de la
convocatoria del concurso en el BOE, pueden encontrarse, en cualesquiera de las
situaciones administrativas a las que se refiere el artículo 85 de la Ley 7/2007, de 12 de
abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, excepto en las de excedencia y suspensión
de funciones.
Solo procederá la propuesta de profesorado de áreas afines en el caso de que no se
disponga de profesorado del área de conocimiento a la Universidad Jaume I con los
requisitos legales para formar parte de las Comisiones.
El profesorado jubilado, salvo que esté contratado como profesorado emérito, no podrá
formar parte de las Comisiones.

cve: BOE-A-2011-9834

Núm. 134