II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2011-9834)
Resolución de 19 de mayo de 2011, de la Universidad Jaume I, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de junio de 2011
Sec. II.B. Pág. 55388
En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo,
deberá acreditarse la nacionalidad, y también, en su caso, el vínculo de parentesco, y el
de estar viviendo con cargo a los progenitores, conforme a lo previsto en el artículo 8 del
Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración
General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que
es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores y trabajadoras.
La acreditación de la nacionalidad y el resto de requisitos exigidos en la convocatoria,
se realizará mediante los documentos correspondientes, certificaciones por las autoridades
competentes del país de origen traducidos al español, que será la lengua oficial en que
tendrá lugar el desarrollo de las pruebas y cuyo conocimiento será exigido a todas las
personas participantes. A tal fin se celebrará una prueba de conocimiento, de la que estarán
exentos las personas concursantes de nacionalidad española y las que acrediten estar en
posesión del diploma de español como lengua extrajera (de acuerdo con lo que dispone el
Real Decreto 264/2008, de 22 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1137/2002,
de 31 de octubre, por el que se regulan los diplomas de español como lengua extranjera).
b) Edad. Tener dieciséis años cumplidos y no exceder los setenta años de edad.
c) No haber estado separado mediante expediente disciplinario del servicio de
ninguna de las Administraciones Públicas (del Estado o de la autonómica, de la local o la
institucional), ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. Las
personas aspirantes con nacionalidad no española deberán acreditar igualmente que no
se encuentran incursos en ninguna sanción disciplinaria o condena penal que imposibilite
el acceso a la función pública en su estado de origen.
d) No sufrir ninguna enfermedad ni ser una persona afectada por ninguna limitación
física o psíquica incompatible con el ejercicio de las funciones correspondientes al cuerpo
del funcionariado docente universitario.
Tercera. Requisitos específicos de las personas candidatas.–Además de los requisitos
generales, las personas candidatas deberán cumplir los siguientes requisitos específicos:
a) Podrán presentarse a los concursos de acceso las personas que hayan sido
acreditadas de acuerdo con lo establecido en los artículos 12 y 13 y disposiciones adicionales
primera, segunda, tercera y cuarta del Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que
se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios.
Asimismo, podrán presentarse las personas que resulten habilitadas conforme a lo
establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de
habilitación nacional para el acceso a cuerpos de funcionariado docente universitario y el
régimen de los concursos de acceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del
Real Decreto 1313/2007.
Se entenderá que las personas habilitadas para cátedras de escuela universitaria lo
están para Profesorado titular de Universidad.
También podrán presentarse a los concursos de acceso a plazas de Profesorado titular
de Universidad y de Catedrático o Catedrática de Universidad, los funcionarios y
funcionarias de los Cuerpos de Profesor Titular de Universidad y de Catedráticos y
Catedráticas de Universidad, respectivamente.
b) No podrán formar parte del presente concurso de acceso las personas que se
encuentren incursas en la prohibición contenida en el artículo 9.4 del Real Decreto 1313/2007,
es decir, las que no hayan ocupado durante, por lo menos, dos años una plaza anteriormente
obtenida por concurso de acceso en otra Universidad.
c) Los requisitos enumerados en la base segunda y en esta base se deberán cumplir
en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el
momento de la toma de posesión como funcionario o funcionaria de carrera.
Cuarta. Presentación de solicitudes.–Las personas que deseen tomar parte en la
prueba selectiva deberán presentar el modelo oficial de la solicitud que se adjunta en el
anexo II, que se dirigirá al Rectorado de la Universidad Jaume I, y que se presentará en el
Registro de la Universidad Jaume I, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 38.4 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
cve: BOE-A-2011-9834
Núm. 134
Lunes 6 de junio de 2011
Sec. II.B. Pág. 55388
En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo,
deberá acreditarse la nacionalidad, y también, en su caso, el vínculo de parentesco, y el
de estar viviendo con cargo a los progenitores, conforme a lo previsto en el artículo 8 del
Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración
General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que
es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores y trabajadoras.
La acreditación de la nacionalidad y el resto de requisitos exigidos en la convocatoria,
se realizará mediante los documentos correspondientes, certificaciones por las autoridades
competentes del país de origen traducidos al español, que será la lengua oficial en que
tendrá lugar el desarrollo de las pruebas y cuyo conocimiento será exigido a todas las
personas participantes. A tal fin se celebrará una prueba de conocimiento, de la que estarán
exentos las personas concursantes de nacionalidad española y las que acrediten estar en
posesión del diploma de español como lengua extrajera (de acuerdo con lo que dispone el
Real Decreto 264/2008, de 22 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1137/2002,
de 31 de octubre, por el que se regulan los diplomas de español como lengua extranjera).
b) Edad. Tener dieciséis años cumplidos y no exceder los setenta años de edad.
c) No haber estado separado mediante expediente disciplinario del servicio de
ninguna de las Administraciones Públicas (del Estado o de la autonómica, de la local o la
institucional), ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. Las
personas aspirantes con nacionalidad no española deberán acreditar igualmente que no
se encuentran incursos en ninguna sanción disciplinaria o condena penal que imposibilite
el acceso a la función pública en su estado de origen.
d) No sufrir ninguna enfermedad ni ser una persona afectada por ninguna limitación
física o psíquica incompatible con el ejercicio de las funciones correspondientes al cuerpo
del funcionariado docente universitario.
Tercera. Requisitos específicos de las personas candidatas.–Además de los requisitos
generales, las personas candidatas deberán cumplir los siguientes requisitos específicos:
a) Podrán presentarse a los concursos de acceso las personas que hayan sido
acreditadas de acuerdo con lo establecido en los artículos 12 y 13 y disposiciones adicionales
primera, segunda, tercera y cuarta del Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que
se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios.
Asimismo, podrán presentarse las personas que resulten habilitadas conforme a lo
establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de
habilitación nacional para el acceso a cuerpos de funcionariado docente universitario y el
régimen de los concursos de acceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del
Real Decreto 1313/2007.
Se entenderá que las personas habilitadas para cátedras de escuela universitaria lo
están para Profesorado titular de Universidad.
También podrán presentarse a los concursos de acceso a plazas de Profesorado titular
de Universidad y de Catedrático o Catedrática de Universidad, los funcionarios y
funcionarias de los Cuerpos de Profesor Titular de Universidad y de Catedráticos y
Catedráticas de Universidad, respectivamente.
b) No podrán formar parte del presente concurso de acceso las personas que se
encuentren incursas en la prohibición contenida en el artículo 9.4 del Real Decreto 1313/2007,
es decir, las que no hayan ocupado durante, por lo menos, dos años una plaza anteriormente
obtenida por concurso de acceso en otra Universidad.
c) Los requisitos enumerados en la base segunda y en esta base se deberán cumplir
en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el
momento de la toma de posesión como funcionario o funcionaria de carrera.
Cuarta. Presentación de solicitudes.–Las personas que deseen tomar parte en la
prueba selectiva deberán presentar el modelo oficial de la solicitud que se adjunta en el
anexo II, que se dirigirá al Rectorado de la Universidad Jaume I, y que se presentará en el
Registro de la Universidad Jaume I, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 38.4 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
cve: BOE-A-2011-9834
Núm. 134