II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Funcionarios de los Subgrupos C1 y C2. (BOE-A-2011-9820)
Orden INT/1501/2011, de 25 de mayo, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo en la Jefatura Central de Tráfico.
37 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de junio de 2011
Sec. II.B. Pág. 55327
la Orden APU/526/2005, de 7 de marzo, por la que se dispone la publicación del Acuerdo
de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la
igualdad de género en la Administración General del Estado.
2. La Comisión de Valoración podrá solicitar, en determinados casos, de la autoridad
convocante, el nombramiento de uno o varios expertos como asesores de la misma, con
voz pero sin voto.
3. El número de representantes de las organizaciones sindicales no podrá ser igual
o superior a los miembros designados a propuesta de la Administración, por lo que la
Administración nombrará tantos vocales como sean necesarios para ello.
4. Para actuar válidamente, en la Comisión de Valoración deberán estar presentes,
al menos, tres de sus miembros designados a propuesta de la Administración.
5. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido mayor
puntuación entre los que consigan la mínima exigida para cada puesto en la presente
convocatoria.
6. La Comisión elevará a la Subsecretaria del Ministerio la correspondiente propuesta
de Resolución definitiva del Concurso, que se resolverá por Orden del Ministerio del
Interior, y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», figurando junto al destino
adjudicado, el Ministerio, localidad y nivel del puesto de origen del funcionario o, en su
caso, la situación administrativa de procedencia. El plazo para la Resolución definitiva del
concurso, dado el gran volumen de vacantes convocadas, será de cuatro meses desde el
día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de instancias.
VII. Resolución
1. La Comisión elevará al Director General de Tráfico la correspondiente propuesta
de Resolución del Concurso, que se resolverá por Orden del Ministerio del Interior, y se
publicará en el «Boletín Oficial del Estado». En la Resolución, que deberá estar motivada
en los términos del artículo 47.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hará
indicación expresa del puesto de origen de los participantes a quienes se les adjudique
destino, así como de su grupo de clasificación, del Ministerio o Comunidad Autónoma de
procedencia, localidad y nivel de complemento de destino y, en su caso, la situación
administrativa de procedencia. El plazo para la Resolución definitiva del concurso será de
cuatro meses desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de
instancias.
2. Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que con anterioridad a la
finalización del plazo posesorio, excluida la prórroga de incorporación a que se refiere el
apartado 7, párrafos cuarto, quinto y sexto de esta base, los interesados obtengan otro
destino, bien por el procedimiento de libre designación o por concursos convocados por
Departamentos o Comunidades Autónomas, en cuyo caso podrán optar por uno de los
dos, viniendo obligados a comunicar por escrito en los tres días siguientes, la opción
realizada, al Departamento en el que hubieran obtenido destino.
3. De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución, la Directiva Comunitaria de 9 de
febrero de 1976, así como el contenido de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para
la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la Orden APU/526/2005, de 7 de marzo, por
la que se dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de
2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración
General del Estado, la Administración Pública llevará a cabo una política de igualdad de
trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación
profesional y a las condiciones de trabajo.
4. Los puestos de trabajo convocados en este concurso, cuyos adjudicatarios no
pudieran tomar posesión de los mismos por circunstancias previstas en el Ordenamiento
Jurídico, podrán ser adjudicados mediante Resolución posterior a aquellos solicitantes con
sucesivas mejores puntuaciones, siempre y cuando hayan obtenido la puntuación mínima
exigida en el apartado II de las Bases de la presente convocatoria.
5. Los traslados que se deriven de la Resolución del presente Concurso, tendrán la
consideración de voluntarios y en consecuencia, no generarán derecho a indemnización
cve: BOE-A-2011-9820
Núm. 134
Lunes 6 de junio de 2011
Sec. II.B. Pág. 55327
la Orden APU/526/2005, de 7 de marzo, por la que se dispone la publicación del Acuerdo
de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la
igualdad de género en la Administración General del Estado.
2. La Comisión de Valoración podrá solicitar, en determinados casos, de la autoridad
convocante, el nombramiento de uno o varios expertos como asesores de la misma, con
voz pero sin voto.
3. El número de representantes de las organizaciones sindicales no podrá ser igual
o superior a los miembros designados a propuesta de la Administración, por lo que la
Administración nombrará tantos vocales como sean necesarios para ello.
4. Para actuar válidamente, en la Comisión de Valoración deberán estar presentes,
al menos, tres de sus miembros designados a propuesta de la Administración.
5. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido mayor
puntuación entre los que consigan la mínima exigida para cada puesto en la presente
convocatoria.
6. La Comisión elevará a la Subsecretaria del Ministerio la correspondiente propuesta
de Resolución definitiva del Concurso, que se resolverá por Orden del Ministerio del
Interior, y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», figurando junto al destino
adjudicado, el Ministerio, localidad y nivel del puesto de origen del funcionario o, en su
caso, la situación administrativa de procedencia. El plazo para la Resolución definitiva del
concurso, dado el gran volumen de vacantes convocadas, será de cuatro meses desde el
día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de instancias.
VII. Resolución
1. La Comisión elevará al Director General de Tráfico la correspondiente propuesta
de Resolución del Concurso, que se resolverá por Orden del Ministerio del Interior, y se
publicará en el «Boletín Oficial del Estado». En la Resolución, que deberá estar motivada
en los términos del artículo 47.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hará
indicación expresa del puesto de origen de los participantes a quienes se les adjudique
destino, así como de su grupo de clasificación, del Ministerio o Comunidad Autónoma de
procedencia, localidad y nivel de complemento de destino y, en su caso, la situación
administrativa de procedencia. El plazo para la Resolución definitiva del concurso será de
cuatro meses desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de
instancias.
2. Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que con anterioridad a la
finalización del plazo posesorio, excluida la prórroga de incorporación a que se refiere el
apartado 7, párrafos cuarto, quinto y sexto de esta base, los interesados obtengan otro
destino, bien por el procedimiento de libre designación o por concursos convocados por
Departamentos o Comunidades Autónomas, en cuyo caso podrán optar por uno de los
dos, viniendo obligados a comunicar por escrito en los tres días siguientes, la opción
realizada, al Departamento en el que hubieran obtenido destino.
3. De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución, la Directiva Comunitaria de 9 de
febrero de 1976, así como el contenido de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para
la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la Orden APU/526/2005, de 7 de marzo, por
la que se dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de
2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración
General del Estado, la Administración Pública llevará a cabo una política de igualdad de
trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación
profesional y a las condiciones de trabajo.
4. Los puestos de trabajo convocados en este concurso, cuyos adjudicatarios no
pudieran tomar posesión de los mismos por circunstancias previstas en el Ordenamiento
Jurídico, podrán ser adjudicados mediante Resolución posterior a aquellos solicitantes con
sucesivas mejores puntuaciones, siempre y cuando hayan obtenido la puntuación mínima
exigida en el apartado II de las Bases de la presente convocatoria.
5. Los traslados que se deriven de la Resolución del presente Concurso, tendrán la
consideración de voluntarios y en consecuencia, no generarán derecho a indemnización
cve: BOE-A-2011-9820
Núm. 134