III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2011-9853)
Orden EDU/1510/2011, de 25 de mayo, por la que se convocan subvenciones para la cooperación interuniversitaria con Brasil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 55479
Artículo 5. Formalización y plazo de presentación de las solicitudes.
1. Por parte española, las solicitudes, tanto nuevas como de renovación, serán
presentadas, a instancias de los investigadores responsables de los proyectos, por la
universidad a la que estén vinculados los mismos, asumiendo la universidad solicitante la
función de entidad colaboradora.
2. La formalización de las solicitudes de proyectos de la modalidad B se hará de
conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la presente Orden.
3. La formalización de las solicitudes de los proyectos de la modalidad A consta de
dos partes, la primera es la referida al proyecto de cooperación como tal y la segunda es
la que corresponde a las distintas ayudas que se solicitan en el marco del proyecto
conjunto, las cuales se recogen en el Capítulo II.
4. Para solicitudes de nuevos proyectos se requerirán los siguientes documentos,
que habrán de cumplimentarse en los respectivos impresos normalizados:
Impreso de solicitud.
Memoria del proyecto.
Currículum vítae de los investigadores responsables español y brasileño.
Composición e historial científico de los grupos español y brasileño, en relación con el
proyecto propuesto, acompañado de la documentación acreditativa de la vinculación.
Conformidad del representante legal e investigador responsable a la relación de
ayudas que se solicitan en el marco del proyecto.
5. Para solicitudes de prórrogas de proyectos aprobados en el año 2009 se requerirán
los siguientes documentos que habrán de cumplimentarse en los respectivos impresos
normalizados:
Impreso de solicitud.
Informe de las actividades desarrolladas durante el período de vigencia del proyecto.
Memoria del plan de trabajo y objetivos científicos propuestos para el nuevo período
para el que se solicita la prórroga.
En el caso de que haya habido alguna variación en la composición del grupo sobre el
proyecto inicial, composición del grupo español donde consten las altas y las bajas.
Conformidad del representante legal e investigador responsable a la relación de
ayudas que se solicitan en el marco del proyecto.
De conformidad con los requisitos establecidos en el capítulo II de la presente Orden,
las solicitudes de prórroga de proyectos concedidos en el año 2009, no podrán contemplar
como candidatos a ningún investigador que haya sido beneficiario de beca predoctoral o
postdoctoral durante el primer período de vigencia del proyecto.
6. Los grupos brasileños participantes en el Programa dirigirán sus solicitudes a la
Fundaçâo para a Coordenaçâo e o Aperfeiçoamento de Pessoal de Ensino Superior
(CAPES), en la forma que señale su normativa específica.
7. Las solicitudes, dirigidas a la Dirección General de Política Universitaria, se
presentarán, en modelo normalizado, directamente en el Registro General del Ministerio
de Educación (calle Los Madrazo, 15-17, 28071 Madrid), o por cualquiera de los
procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. A estos efectos, los
registros de las Universidades no tendrán validez en cuanto al cumplimiento de los plazos
de la convocatoria.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en
sobre abierto para ser fechadas y selladas antes de su certificación.
8. Los impresos de solicitud podrán obtenerse a través de Internet en la siguiente
dirección: http://www.educacion.gob.es/educacion/universidades/convocatorias/tituladosdoctores-profesores/cooperacion-universitaria-brasil.html.
cve: BOE-A-2011-9853
Núm. 134
Lunes 6 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 55479
Artículo 5. Formalización y plazo de presentación de las solicitudes.
1. Por parte española, las solicitudes, tanto nuevas como de renovación, serán
presentadas, a instancias de los investigadores responsables de los proyectos, por la
universidad a la que estén vinculados los mismos, asumiendo la universidad solicitante la
función de entidad colaboradora.
2. La formalización de las solicitudes de proyectos de la modalidad B se hará de
conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la presente Orden.
3. La formalización de las solicitudes de los proyectos de la modalidad A consta de
dos partes, la primera es la referida al proyecto de cooperación como tal y la segunda es
la que corresponde a las distintas ayudas que se solicitan en el marco del proyecto
conjunto, las cuales se recogen en el Capítulo II.
4. Para solicitudes de nuevos proyectos se requerirán los siguientes documentos,
que habrán de cumplimentarse en los respectivos impresos normalizados:
Impreso de solicitud.
Memoria del proyecto.
Currículum vítae de los investigadores responsables español y brasileño.
Composición e historial científico de los grupos español y brasileño, en relación con el
proyecto propuesto, acompañado de la documentación acreditativa de la vinculación.
Conformidad del representante legal e investigador responsable a la relación de
ayudas que se solicitan en el marco del proyecto.
5. Para solicitudes de prórrogas de proyectos aprobados en el año 2009 se requerirán
los siguientes documentos que habrán de cumplimentarse en los respectivos impresos
normalizados:
Impreso de solicitud.
Informe de las actividades desarrolladas durante el período de vigencia del proyecto.
Memoria del plan de trabajo y objetivos científicos propuestos para el nuevo período
para el que se solicita la prórroga.
En el caso de que haya habido alguna variación en la composición del grupo sobre el
proyecto inicial, composición del grupo español donde consten las altas y las bajas.
Conformidad del representante legal e investigador responsable a la relación de
ayudas que se solicitan en el marco del proyecto.
De conformidad con los requisitos establecidos en el capítulo II de la presente Orden,
las solicitudes de prórroga de proyectos concedidos en el año 2009, no podrán contemplar
como candidatos a ningún investigador que haya sido beneficiario de beca predoctoral o
postdoctoral durante el primer período de vigencia del proyecto.
6. Los grupos brasileños participantes en el Programa dirigirán sus solicitudes a la
Fundaçâo para a Coordenaçâo e o Aperfeiçoamento de Pessoal de Ensino Superior
(CAPES), en la forma que señale su normativa específica.
7. Las solicitudes, dirigidas a la Dirección General de Política Universitaria, se
presentarán, en modelo normalizado, directamente en el Registro General del Ministerio
de Educación (calle Los Madrazo, 15-17, 28071 Madrid), o por cualquiera de los
procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. A estos efectos, los
registros de las Universidades no tendrán validez en cuanto al cumplimiento de los plazos
de la convocatoria.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en
sobre abierto para ser fechadas y selladas antes de su certificación.
8. Los impresos de solicitud podrán obtenerse a través de Internet en la siguiente
dirección: http://www.educacion.gob.es/educacion/universidades/convocatorias/tituladosdoctores-profesores/cooperacion-universitaria-brasil.html.
cve: BOE-A-2011-9853
Núm. 134