III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2011-9853)
Orden EDU/1510/2011, de 25 de mayo, por la que se convocan subvenciones para la cooperación interuniversitaria con Brasil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134

Lunes 6 de junio de 2011
Artículo 47.

Sec. III. Pág. 55496

Formalización de las solicitudes y subsanación.

1. Las solicitudes de ayudas para la organización de talleres y seminarios requerirán
los siguientes documentos en los correspondientes impresos normalizados:
a)
b)
c)
d)
e)
con el

Impreso de solicitud.
Memoria de la actividad.
Presupuesto.
Currículum vítae de los investigadores responsables español y brasileño.
Composición e historial científico de los grupos español y brasileño, en relación
tema propuesto, acompañado de la documentación acreditativa de la vinculación.

2. Cuando para la consecución del proyecto sea necesario la celebración de un taller
en Brasil y otro en España, deberá presentarse para cada uno de ellos los siguientes
documentos:
a) Impreso de solicitud.
b) Memoria de la actividad.
c) Presupuesto.
Respecto al resto de documentos requeridos, al ser comunes para ambas solicitudes,
sólo será necesario que se presenten en una de ellas.
3. Si la documentación aportada fuera incompleta o no reuniera los requisitos exigidos
en la presente convocatoria, la subsanación de la misma se efectuará de acuerdo con lo
establecido en el artículo 6.
Artículo 48.

Evaluación y criterios de selección.

1. La valoración de las propuestas conjuntas para la organización de talleres y
seminarios se realizará conforme a los siguientes criterios:
a) Novedad o interés científico del tema. Hasta 4 puntos.
b) Historial científico de los grupos organizadores. Hasta 2 puntos.
c) Adecuación del presupuesto solicitado a los objetivos que pretende la reunión.
Hasta 2 puntos.
d) Interés para una futura cooperación entre los grupos participantes. Hasta 4 puntos.
2. Para las solicitudes españolas, la Comisión de expertos designada por el Secretario
General de Universidades o Director General en quien delegue, elaborará los
correspondientes informes individualizados de los proyectos presentados. La Comisión
Mixta de Selección tendrá en cuenta la evaluación otorgada a cada solicitud, atendiendo
prioritariamente, en su caso, a la valoración emitida al interés de la cooperación.
Beneficiarios y pago de las subvenciones.

1. Serán beneficiarios de estas subvenciones los miembros del grupo español, bien
con motivo de su desplazamiento a Brasil con motivo de la celebración del taller/seminario
objeto de la subvención, bien como organizadores de tal evento si el lugar de celebración
es España. En el primer caso, la subvención se destinará a cubrir los gastos de viaje,
alojamiento y manutención de los investigadores y en el segundo caso a financiar los
gastos de organización del taller/seminario. En ningún caso, podrán ser beneficiarios
miembros del grupo vinculados a otras universidades distintas a la del investigador
responsable del grupo español.

cve: BOE-A-2011-9853

Artículo 49.