III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2011-9853)
Orden EDU/1510/2011, de 25 de mayo, por la que se convocan subvenciones para la cooperación interuniversitaria con Brasil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134

Lunes 6 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 55489

Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas («BOE» del 10 de marzo
de 2004).
Artículo 23.
1.

Requisitos de los candidatos.

Podrán optar a estas ayudas:

a) Los beneficiarios de un contrato de personal investigador en formación
predoctoral, de un programa incluido en el Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, en la
universidad española a la que está adscrito el investigador responsable del proyecto y
pertenecer a su grupo.
b) Dado que la ayuda puede solicitarse para los años 2012-2013, los beneficiarios de
una beca de personal investigador en formación predoctoral para realización de cursos
oficiales de doctorado en la universidad solicitante, de un programa incluido en el Real
Decreto 63/2006, de 27 de enero, podrán solicitar estas ayudas, siempre que en la fecha
de inicio solicitada haya transcurrido el período necesario para poder pasar a la situación
jurídica de contrato, requisito indispensable para hacer efectiva la ayuda. En estos casos,
la efectividad de la concesión quedará supeditada a que en la fecha del desplazamiento a
Brasil el beneficiario de la ayuda haya pasado a la situación jurídica de contrato de personal
investigador en formación predoctoral.
2. No podrán ser beneficiarios de las ayudas correspondientes a la presente
convocatoria, las personas que se encuentren en algunas de las situaciones enumeradas
en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. Todos los requisitos deberán cumplirse en el momento de la solicitud y su
cumplimiento habrá de mantenerse y, en su caso, acreditarse, en la fecha de inicio de la
estancia.
Artículo 24.

Formalización de las solicitudes y subsanación.

a) Impreso de solicitud, en el que se incluirá la Declaración responsable de no estar
incurso en los supuestos y prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de
subvenciones, señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones.
b) Copia compulsada del contrato, en caso de ser beneficiario de un contrato de
personal investigador en formación predoctoral, o certificación expedida por la universidad
solicitante, en el impreso normalizado correspondiente, acreditativa de ser beneficiario de
una beca de personal investigador en formación predoctoral para realización de cursos
oficiales de doctorado en dicha universidad, haciendo mención expresa a que en la fecha
de inicio solicitada habrá transcurrido el período necesario para poder pasar a la situación
jurídica de contrato y el interesado mantendría su contrato por dicha Universidad, teniendo
la ayuda solicitada el carácter de complementaria al mismo, a fin de sufragar los gastos
del desplazamiento y permanencia en Brasil. En ambos casos deberá quedar acreditado
que tanto el contrato como la beca están incluidos en el marco jurídico del Real
Decreto 63/2006, de 27 de enero.
c) Currículum vítae del candidato a la ayuda de movilidad.
d) Memoria de la investigación a realizar.
e) Informe del director de tesis sobre el proyecto a realizar y la conveniencia para el
proyecto conjunto de cooperación.
Si la documentación aportada fuera incompleta o no reuniera los requisitos exigidos en
la presente convocatoria, la subsanación de la misma se efectuará de acuerdo con lo
establecido en el artículo 6.

cve: BOE-A-2011-9853

Las solicitudes deberán ser presentadas por la universidad colaboradora, junto al
impreso de solicitud del proyecto conjunto de cooperación, en los respectivos impresos
normalizados que a continuación se indican: