Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrejoncillo. (BOP-2025-3874)
BOP-2025-3874 Aprobación Reglamento Régimen Interno del Prog. Colaborativo Rural Ateneo "El Gajo".
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El horario de trabajo de este programa comienza a las 07:30 horas y finaliza a las 15:00
horas.
A las 07:30 horas, el alumnado/trabajador y Equipo Formativo deben estar en las aulas, u otro
lugar, según necesidad, para la ejecución del programa.
8. CALENDARIO LABORAL.
El programa se regirá por el calendario laboral que anualmente elabora la Administración, de
tal forma que se considerarán no laborables los días considerados como tales a nivel
Nacional, Regional y Local para el ejercicio 2025. Por el Coordinador/Técnico Tutor, se
informará con la antelación debida a todo el personal del Programa Colaborativo Rural
Ateneo.
A estos efectos se considerarán las fiestas locales de la localidad donde esté ubicado el
centro de trabajo.
9. DESCANSO SEMANAL.
El equipo técnico y docente y el alumnado trabajador tendrán derecho a un descanso
semanal de 2 días ininterrumpidos que, como regla preferente, comprenderá día completo
del sábado y el día completo del domingo.
10. VACACIONES ANUALES.
El equipo técnico y docente y el alumnado trabajador tendrán derecho a vacaciones anuales
retribuidas. Excepto las particularidades específicas impuestas por la propia normativa de estos
programas, al personal contratado le será de aplicación lo establecido por la Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público (LEBEP), y las sucesivas normas que lo articulen
Las vacaciones se elegirán en el periodo lectivo a partir de haber cumplido la mitad del curso
impartido, primando en este caso las necesidades del servicio del programa Colaborativo
Rural Ateneo para salvaguardar que el período vacacional estipulado cumpla con la
normativa suficiente para generar los días de disfrutes que vienen contemplado por Ley.
Las vacaciones no podrán ser sustituidas por compensación económica alguna.
El periodo de disfrute de las vacaciones se fijará atendiendo a las necesidades laborales del
Programa. Dicho periodo se propondrá por el Equipo técnico y docente, buscando el máximo
consenso y beneficio del proyecto, debiendo ser autorizado por la Entidad Promotora.
11. PERMISOS Y LICENCIAS.
El equipo técnico y docente y el alumnado trabajador, previo aviso (de al menos 48 horas de
antelación) y justificación previa o posterior, podrán ausentarse del trabajo, con derecho a
remuneración, por los motivos y el tiempo que a continuación se relacionan.
-Quince días naturales en caso de matrimonio.
-Dos días por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o Intervención
quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo
grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo la persona trabajadora necesite
hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días.
-Un día por traslado del domicilio habitual.
-Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter
público y personal, siempre que no sea posible realizar la gestión fuera de la jornada laboral
y debiendo justificar el servicio realizado
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Lunes, 28 de julio de 2025
N.º 0142
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