Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Robledollano. (BOP-2025-3851)
BOP-2025-3851 Pliego de cláusulas administrativas particulares para la contratación del arrendamiento del Centro de Día.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos o licitadores,
debiendo ser publicada en el tablón de edictos y perfil de contratante en el plazo de 15 días.
La adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de quince días a contar desde el
siguiente al de apertura de las proposiciones.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Obligaciones del Arrendatario
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente
contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
a) El pago total del precio de adjudicación se realizará de forma mensual, dentro de
los primeros cinco días del mes correspondiente, mediante su ingreso en la cuenta bancaria
de titularidad municipal que se especifique en el contrato administrativo.
b) Los precios de los artículos que se sirvan en el bar estarán siempre fijados por el
Ayuntamiento y los mismos se incrementarán a solicitud del interesado, previo estudio y
valoración de la misma.
A los efectos de este contrato y de los servicios que se presten en el bar de la
Mayores, se considera pensionista a toda aquella persona mayor de 65 años.
Serán de cuenta del arrendatario todos los gastos resultantes de la explotación del
negocio (suministros, energía eléctrica, teléfono, calefacción, agua, limpieza, etc...); en tal
sentido, el arrendatario pagará directamente éstos a las Compañías y empresas prestatarias
de los correspondientes servicios, dándose de alta en las mismas y figurando como titular en
los contratos de los correspondientes servicios.
Así mismo correrán a su cargo los salarios, seguridad social y demás cargas
laborales de los trabajadores que hubiere contratado, los cuales no tendrán relación laboral
alguna con el Ayuntamiento.
También, serán de su cuenta la limpieza e higiene del Hogar de Mayores, incluyendo
la entrada al mismo, y el combustible gasoil de la calefacción.
c) El arrendatario recibe el mobiliario, máquinas, utensilios y juegos recreativos (que
constan en el inventario adjunto) y las propias instalaciones de que dispone el bar y el hogar
social, debiendo conservarlos en perfecto estado de conservación y siendo de su cuenta
todas las reparaciones y gastos que se originen así como por los deterioros producidos por
los usuarios; en tal sentido, el arrendatario tiene el deber de velar para que el uso de las
instalaciones sea el adecuado a la naturaleza del negocio cuyo arrendamiento se cede. A la
finalización del contrato el arrendatario deberá reintegrar todo el mobiliario, máquinas,
utensilios y juegos recreativos en el mismo estado en que los recibió, con el lógico desgaste
que experimenten con motivo del uso adecuado de los mismos. Los deterioros que se
produzcan por causa mayor serán de cuenta del Ayuntamiento.
d) El Presidente de la Asociación de la Tercera edad pondrá en conocimiento de la
Alcaldía las anomalías que observe dentro del hogar respecto de la limpieza del local,
calefacción, trato a pensionistas etc... La antedicha comunicación dará lugar, en su caso, a la
incoación de expediente sancionador contra el arrendatario.
Cód.
Validación:
39LARNZARCDADZQ97TFT5724R
Verificación:
https://robledollano.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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11
CVE:
BOP-2025-3851
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 25 de julio de 2025
N.º 0141
Pág. 17450
debiendo ser publicada en el tablón de edictos y perfil de contratante en el plazo de 15 días.
La adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de quince días a contar desde el
siguiente al de apertura de las proposiciones.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Obligaciones del Arrendatario
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente
contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
a) El pago total del precio de adjudicación se realizará de forma mensual, dentro de
los primeros cinco días del mes correspondiente, mediante su ingreso en la cuenta bancaria
de titularidad municipal que se especifique en el contrato administrativo.
b) Los precios de los artículos que se sirvan en el bar estarán siempre fijados por el
Ayuntamiento y los mismos se incrementarán a solicitud del interesado, previo estudio y
valoración de la misma.
A los efectos de este contrato y de los servicios que se presten en el bar de la
Mayores, se considera pensionista a toda aquella persona mayor de 65 años.
Serán de cuenta del arrendatario todos los gastos resultantes de la explotación del
negocio (suministros, energía eléctrica, teléfono, calefacción, agua, limpieza, etc...); en tal
sentido, el arrendatario pagará directamente éstos a las Compañías y empresas prestatarias
de los correspondientes servicios, dándose de alta en las mismas y figurando como titular en
los contratos de los correspondientes servicios.
Así mismo correrán a su cargo los salarios, seguridad social y demás cargas
laborales de los trabajadores que hubiere contratado, los cuales no tendrán relación laboral
alguna con el Ayuntamiento.
También, serán de su cuenta la limpieza e higiene del Hogar de Mayores, incluyendo
la entrada al mismo, y el combustible gasoil de la calefacción.
c) El arrendatario recibe el mobiliario, máquinas, utensilios y juegos recreativos (que
constan en el inventario adjunto) y las propias instalaciones de que dispone el bar y el hogar
social, debiendo conservarlos en perfecto estado de conservación y siendo de su cuenta
todas las reparaciones y gastos que se originen así como por los deterioros producidos por
los usuarios; en tal sentido, el arrendatario tiene el deber de velar para que el uso de las
instalaciones sea el adecuado a la naturaleza del negocio cuyo arrendamiento se cede. A la
finalización del contrato el arrendatario deberá reintegrar todo el mobiliario, máquinas,
utensilios y juegos recreativos en el mismo estado en que los recibió, con el lógico desgaste
que experimenten con motivo del uso adecuado de los mismos. Los deterioros que se
produzcan por causa mayor serán de cuenta del Ayuntamiento.
d) El Presidente de la Asociación de la Tercera edad pondrá en conocimiento de la
Alcaldía las anomalías que observe dentro del hogar respecto de la limpieza del local,
calefacción, trato a pensionistas etc... La antedicha comunicación dará lugar, en su caso, a la
incoación de expediente sancionador contra el arrendatario.
Cód.
Validación:
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