Sección II - Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Presidencia de la Junta de Extremadura, Interior y Diálogo Social. (BOP-2025-3837)
BOP-2025-3837 Convocatoria proceso unificado para la provisión de 68 plazas de Agente de la Policía Local en ayuntamientos de Extremadura.
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Base décima.- Nombramiento definitivo y toma de posesión.
Una vez finalizado el Curso Selectivo, con la relación definitiva de aspirantes que hayan superado
todo el proceso de selección, se confeccionará una nueva lista por orden riguroso de puntuación
final, que será publicada en la página web de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura,
www.aspex.juntaex.es.
La calificación definitiva del proceso de selección vendrá dada por la media aritmética de la suma
de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y en el Curso Selectivo impartido por la
Academia de la Seguridad Pública de Extremadura respectivamente. Dicha media se realizará con
una calificación numérica final que tendrá tres decimales. En caso de producirse empate en la
puntuación final obtenida en el proceso de selección entre dos o más personas, se realizará un
sorteo entre ellas para determinar la posición final que deba ocupar cada una a efectos de
elección de destino definitivo.
Las personas aspirantes serán convocadas, en los mismos términos de lo dispuesto en la base
octava, para un nuevo acto público de elección de plazas, ya de carácter definitivo, salvo que,
tras el desarrollo del curso selectivo y la suma de la calificación final del mismo, el orden de las
y los aspirantes permaneciera inalterado, en cuyo caso, se considerará como destino definitivo
aquél en el que hubieran obtenido inicialmente el nombramiento como personal funcionario en
prácticas.
Una vez realizada dicha elección, se publicará en el Diario Oficial de Extremadura
http://doe.juntaex.es, la resolución de la persona titular de la Consejería de Presidencia Interior
y Diálogo Social, comprensiva de las calificaciones obtenidas en el proceso selectivo, así como
de los destinos definitivos elegidos por cada persona. Los ayuntamientos procederán a efectuar
los correspondientes nombramientos como personal funcionario de carrera de conformidad
con dicha resolución, debiendo producirse la necesaria coordinación entre los distintos
ayuntamientos implicados a efectos de producirse la correspondiente baja como funcionarios en
prácticas y alta como funcionarios de carrera sin solución de continuidad.
Hasta la toma de posesión como funcionarios de carrera, las personas que hubieran superado el
proceso selectivo continuarán prestando sus servicios en el destino inicial como funcionarios en
prácticas.
Los nombramientos señalados en el apartado anterior deberán ser publicados en el Diario Oficial
de Extremadura http://doe.juntaex.es y en el boletín oficial de la provincia en cuya
circunscripción radique el ayuntamiento que los realiza, https://bop.dip-caceres.es/ y
https://www.dip-badajoz.es.
Las personas nombradas deberán tomar posesión de sus cargos en el plazo que se establezca
para ello, que como máximo será de quince días hábiles. Si no lo hicieran, sin causa justificada,
quedarían anuladas todas las actuaciones, entendiéndose, que renuncian a la plaza.
En el indicado plazo, si procede, las personas nombradas deberán ejercitar la opción prevista en
el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas. A falta de opción en el plazo señalado, se entenderá
que optan por el nuevo puesto, pasando a la situación de excedencia voluntaria en el que vinieran
desempeñando.
CVE:
BOP-2025-3837
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 24 de julio de 2025
N.º 0140
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