Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guijo de Granadilla. (BOP-2025-3830)
BOP-2025-3830 Aprobación definitiva de la bases reguladoras de ayudas económicas para suministros mínimos vitales, ejercicio 2025.
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b.
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2.- En caso de que se presenten varias solicitudes en la misma anualidad, no podrá
concederse en el mismo año a la unidad de convivencia, con cargo a estas ayudas, un importe
superior al límite establecido en el apartado anterior para cada unidad de convivencia.
3.- Las entidades locales beneficiarias podrán conceder ayudas por importe superior a las
cuantías establecidas en el apartado precedente o para el importe no cubierto por las ayudas
para suministros mínimos vitales, con cargo a sus propios fondos.
V.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN:
1.- El procedimiento para la concesión de subvenciones es el de concesión directa mediante
convocatoria abierta, conforme establece el artículo 67 del Reglamento General de la Ley
General de Subvenciones, atendiendo al interés social de la presente ayuda, que implica la
necesidad de garantizar un tratamiento igualitario entre los/as posibles perceptores de la ayuda
conforme se vayan presentando las solicitudes, en atención a las circunstancias excepcionales
que deben concurrir, a los/as posibles destinatarios/as y a la naturaleza de la situación
subvencionada.
2.- Las instancias se dirigirán al Ayuntamiento de Guijo de Granadilla. En todo caso, deberán
efectuarse los trámites que se establecen en los párrafos siguientes:
Recibida la solicitud, el SSASB realizará cuantas actuaciones estime necesarias para
la comprobación del cumplimiento de los requisitos, requiriendo al solicitante, en su
caso, la aportación de la documentación que sea necesaria para su constatación.
La concesión de la ayuda será resuelta y notificada individualmente a los solicitantes
en el plazo máximo de 1 mes desde la entrada de la solicitud en el Registro de entrada
del Ayuntamiento de Guijo de Granadilla.
En las respectivas convocatorias se publicará un formulario de la solicitud (ANEXO I) y
de la declaración responsable (ANEXO II) y documentación necesaria (ANEXO III)
3.- El procedimiento se iniciará, a solicitud del interesado, mediante Impreso, debidamente
firmado y cumplimentado, según modelo que se adjunta a la presente convocatoria como
ANEXO I y que se podrá obtener directamente en el SSASB.
4.- A la solicitud deberá acompañarse la documentación indicada en el ANEXO III de la
presente convocatoria.
5.- Las solicitudes se presentarán en el Registro General y sus Registros Auxiliares del
Ayuntamiento Guijo de Granadilla, así como en las demás formas previstas en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
CVE:
BOP-2025-3830
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 24 de julio de 2025
N.º 0140
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