Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Botija. (BOP-2025-3821)
BOP-2025-3821 Ordenanza Municipal reguladora del precio público por entrada y visita guiada al Centro de Interpretación de Villasviejas del Tamuja.
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La obligación de pagar el precio público nace desde el momento en que se inicie la prestación
del servicio o la realización de la actividad. El pago del precio público se hará efectivo mediante
reserva que se realizará a través de la página habilitada,
https://botija.modularbox.com/
facilitándose un código de verificación para el acceso a las instalaciones. Al acceder a esta
página por primera vez, deberá registrarse en el servicio siguiendo los pasos que se indican en
la misma página. Una vez hecho esto, se podrá desde la misma página reservar la visita,
siguiendo los pasos indicados en la misma. Una vez reservada y abonada la visita, recibirá por
correo electrónico una clave de acceso que le permitirá entrar en el centro a través de un
teclado situado en la puerta del mismo.
En el caso de que por el Ayuntamiento se modificase la página de acceso habilitada para hacer
las reservas de acceso al centro de interpretación de Villasviejas del Tamuja de Botija, se
pondrá en conocimiento general por los medios habilitados para ello, sin necesidad de
modificar la presente ordenanza.
Para visitas con acompañante al Yacimiento de Villasviejas del Tamuja, el responsable del
grupo deberá realizar una solicitud al Ayuntamiento de Botija, indicando la fecha prevista de la
visita y número de personas. Previa comprobación de disponibilidad del personal acompañante
para realizar la visita el día solicitado, el Ayuntamiento procederá a girar recibo para que el
interesado proceda al pago de la actividad.
Cuando, por causas no imputables al sujeto pasivo, el servicio objeto del Hecho Imponible no
se preste, procederá la devolución del importe correspondiente, no procediéndose a dicha
devolución cuando la visita, una vez reservada, no se realizase por causas imputables al
interesado.
ARTÍCULO 6. Uso del centro de interpretación.
El uso del Centro de Interpretación de Villaviejas del Tamuja de Botija será el de visita al
mismo, que se realizará mediante una locución guiada.
El Centro de Interpretación de Villaviejas del Tamuja de Botija podrá utilizarse para realizar
actividades organizadas por el Ayuntamiento de Botija, tales como cursos de verano, talleres
de distintas actividades, etc. La fijación del precio de estas actividades y de otras que puedan
surgir se efectuará por el Ayuntamiento, atendiendo al caché de profesores/as o artistas,
precios vigentes para cursos y público al que va dirigido.
CVE:
BOP-2025-3821
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 24 de julio de 2025
N.º 0140
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