Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2025-3749)
BOP-2025-3749 Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal Reguladora de la venta realizada fuera de establecimiento comercial permanente y realización de actividades en la vía pública.
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Los puestos de venta respetarán siempre un paso mínimo de servicio entre los
mismos, prohibiéndose la colocación de elementos que dificulten el tránsito de
personas y estropeen el pavimento o las instalaciones de la vía en la que estén
ubicados. Se permitirá la publicidad voceada, sin altavoz, en los puesto de venta
durante el horario de celebración del mercado, siempre y cuando no moleste al resto
de vendedores, vecinos, comparadores y transeúntes, a criterio de los servicios
municipales.
No se permite la producción de música u otra reproducción sonora a través de
altavoces.
Artículo 20: Carga y descarga e instalación de los puestos de venta.
Los vehículos de los comerciantes o vendedores habrán de efectuar sus operaciones
de descarga y encontrarse fuera del recinto del mercadillo con anterioridad a la hora
de comienzo del mismo.
Ningún vehículo podrá acceder al recinto durante las horas de celebración del
mercado, salvo que exista causa que lo justifique.
Los vehículos no podrán ser introducidos nuevamente en dicho recinto para realizar
las operaciones de carga hasta la finalización del horario establecido para la venta.
Se prohíbe el estacionamiento de vehículos con carácter general, en el lugar destinado
a la celebración del mercado, los sábados de 7:00 a 16:00 horas, salvo el
estacionamiento previsto en el párrafo 1. Se permite el estacionamiento de vehículos
tiendas durante la celebración del mercadillo.
Artículo 21: Limpieza y ornato.
Los titulares de los puestos deberán mantener la zona que ocupen y su entorno
próximo en perfectas condiciones de higiene y limpieza. Cada puesto deberá disponer
de recipientes donde depositar los productos alterados o de desecho, que bajo ningún
concepto podrán ser arrojados a la vía pública.
Al finalizar la jornada comercial, los titulares de las autorizaciones deberán desmontar
sus puestos dejando el lugar ocupado y las zonas adyacentes limpias de restos y
desperdicios, utilizando los contenedores habilitados por el Ayuntamiento para
depositar los mismos.
CVE:
BOP-2025-3749
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 21 de julio de 2025
N.º 0137
Pág. 16916
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Los puestos de venta respetarán siempre un paso mínimo de servicio entre los
mismos, prohibiéndose la colocación de elementos que dificulten el tránsito de
personas y estropeen el pavimento o las instalaciones de la vía en la que estén
ubicados. Se permitirá la publicidad voceada, sin altavoz, en los puesto de venta
durante el horario de celebración del mercado, siempre y cuando no moleste al resto
de vendedores, vecinos, comparadores y transeúntes, a criterio de los servicios
municipales.
No se permite la producción de música u otra reproducción sonora a través de
altavoces.
Artículo 20: Carga y descarga e instalación de los puestos de venta.
Los vehículos de los comerciantes o vendedores habrán de efectuar sus operaciones
de descarga y encontrarse fuera del recinto del mercadillo con anterioridad a la hora
de comienzo del mismo.
Ningún vehículo podrá acceder al recinto durante las horas de celebración del
mercado, salvo que exista causa que lo justifique.
Los vehículos no podrán ser introducidos nuevamente en dicho recinto para realizar
las operaciones de carga hasta la finalización del horario establecido para la venta.
Se prohíbe el estacionamiento de vehículos con carácter general, en el lugar destinado
a la celebración del mercado, los sábados de 7:00 a 16:00 horas, salvo el
estacionamiento previsto en el párrafo 1. Se permite el estacionamiento de vehículos
tiendas durante la celebración del mercadillo.
Artículo 21: Limpieza y ornato.
Los titulares de los puestos deberán mantener la zona que ocupen y su entorno
próximo en perfectas condiciones de higiene y limpieza. Cada puesto deberá disponer
de recipientes donde depositar los productos alterados o de desecho, que bajo ningún
concepto podrán ser arrojados a la vía pública.
Al finalizar la jornada comercial, los titulares de las autorizaciones deberán desmontar
sus puestos dejando el lugar ocupado y las zonas adyacentes limpias de restos y
desperdicios, utilizando los contenedores habilitados por el Ayuntamiento para
depositar los mismos.
CVE:
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Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
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