Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calzadilla. (BOP-2025-3717)
BOP-2025-3717 Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de alcantarillado, tratamiento y depuración de aguas residuales.
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5.- Procede igualmente la imposición de la tasa por tratarse de servicio público que cuenta con la
reserva en favor de las Entidades Locales que establece el artículo 86 de la Ley 7/85, de 2 de abril.
Artículo 3.- Sujeto Pasivo.
1.- Son sujetos pasivos las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el art. 35 de la
Ley General Tributaria que sean:
a) Cuando se trate de la concesión de licencia de acometida a la red, el propietario, usufructuario o
titular del dominio útil de la finca.
b) En el caso de prestación de servicios del número 1.b) del artículo anterior, los ocupantes o usuarios
de las fincas del término municipal beneficiarias de dichos servicios, cualquiera que sea su título:
propietarios, usufructuarios, habitacionistas o arrendatarios, incluso en precario.
2.- En todo caso, tendrán la consideración de sujeto pasivo sustituto del ocupante o usuario de las
viviendas o locales el propietario de estos inmuebles, quienes podrán repercutir, en su caso, las cuotas
satisfechas sobre los respectivos beneficiarios del servicio.
Artículo 4.- Cuota tributaria
1.- La cuota correspondiente a la concesión de la licencia o autorización de acometida a la red de
alcantarillado se exigirá por una sola vez y consistirá en la cantidad fija de 100 euros.
2.- La cuota tributaria a exigir por la prestación de los servicios de alcantarillado es la siguiente:
CONCEPTO
SERVICIO
ALCANTARILLADO
IMPORTE
TRIMESTRAL
Cuota de servicio fija
por cada inmueble, que
tenga conexión a la red
general de
saneamiento
5,00 euros/trimestre
Entre 0 y 20 m3 de
consumo de agua.
0,06 euros/m3
De 21 m3 a 40 m3 al
trimestre.
0,08 euros/m3
De 41 m3 a 60 m3 al
trimestre.
Más de 61 m3 al
trimestre.
0,10 euros/m3
0,12 euros/m3
CVE:
BOP-2025-3717
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 18 de julio de 2025
N.º 0136
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