Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Nuñomoral. (BOP-2025-3693)
BOP-2025-3693 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de vertidos de aguas residuales no domésticas e industriales a la red de saneamiento.
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e) Omitir en la información solicitada por el Ayuntamiento las
características de descarga de vertido, cambios en el proceso que
afecten a la misma, localización precisa, fechas de vertido y demás
circunstancias de interés.
f) La omisión o demora en la instalación de infraestructura de
pretratamiento, en las condiciones que recoge la presenta
Ordenanza, así como la falta de instalación o funcionamiento de
dispositivos fijos de aforamiento de caudales y toma de muestras o
aparatos de medida a que se refiere el articulado de dicha
Ordenanza.
g) El vertido por terceros de efluentes no autorizados, usando las
instalaciones de un titular con permiso de vertido.
37.5 Se consideran infracciones muy graves.
a) El incumplimiento de órdenes de suspensión y de medidas
correctoras o preventivas.
b) La superación de los valores límites de emisión recogidos en la
autorización de vertido siempre que se haya producido un daño o
deterioro grave para el medio ambiente o se haya puesto en peligro
grave la seguridad o salud de las personas.
c) La construcción de acometidas a la red de saneamiento o
modificación de la existente, sin la previa autorización de vertido.
d) Las infracciones calificadas como graves, cuando exista riesgo para
el personal relacionada con las actividades de saneamiento.
e) La reincidencia en dos faltas graves en el plazo de tres años.
37.6. Sanciones:
Las infracciones enumeradas en los artículos anteriores podrán ser
sancionadas con arreglo a la siguiente escala:
• Infracciones leves:
Multa hasta 6.010,12 euros.
• Infracciones graves:
Multa desde 6.010,13 euros hasta 30.506,62 euros y suspensión
temporal de vertido.
• Infracciones muy graves: Multa desde 30.506,62 hasta 601.012.10,
euros y suspensión temporal o definitiva de la autorización de vertido.
Cód.
Validación:
9PPN939ZZAW5AEJSEXH9T669P
Verificación:
https://aytonunomoral.sedelectronica.es/
Documento
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electrónicamente
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plataforma
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BOP-2025-3693
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Jueves, 17 de julio de 2025
N.º 0135
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