Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2025-3689)
BOP-2025-3689 Bases Reguladoras de la convocatoria de pruebas selectivas para la cobertura de una Plaza de Gestor/a Cultural - Bibliotecario/a, mediante el sistema de oposición.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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SÉPTIMA. CALIFICACIÓN DEFINITIVA. RELACIÓN DE APROBADOS Y
PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.
La calificación definitiva de los/as opositores/as vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios que conforman la oposición, en
su caso, efectuada la cual, el tribunal publicará en el lugar de celebración del
último ejercicio y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de
Logrosán, anuncio en que aparezcan los resultados finales por orden de puntuación
total del proceso de selección y la propuesta a la Alcaldía sobre la relación de
aspirantes aprobados/as y propuesto/a para su nombramiento, no pudiendo superar
estos/as el número de plazas convocadas, de tal modo que resultará seleccionado/a
el/la aspirante que mayor puntuación haya obtenido y elevará dicha propuesta al
órgano competente de la Corporación para sus efectos.
De producirse empate en dicha clasificación final, éste se dirimirá por aquel/aquella
aspirante que haya obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio de la oposición.
La persona aspirante propuesta para su nombramiento presentará ante el Ayuntamiento
de Logrosán, dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al
de la publicación del resultado final de la oposición, los siguientes documentos
acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos que para tomar parte en la
misma se exigen en la base segunda de la convocatoria:
a) Fotocopia compulsada del DNI.
b) Fotocopia debidamente compulsada de la titulación académica o resguardo
acreditativo de haber abonado los derechos para la expedición de dicho título, así
como fotocopia compulsada de cualquier otro título o permiso exigido en la
convocatoria.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio en ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a
para el ejercicio de funciones públicas, o de no estar sometido/a a sanción disciplinaria
o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública para los/as
aspirantes que no posean la nacionalidad española
d)Certificado médico extendido en impreso oficial y firmado por un colegiado/a en
ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el/la aspirante posee la
capacidad funcional para el desarrollo de las tareas.
e) Certificación negativa de antecedentes de Delitos de Naturaleza Sexual
Si el/la aspirante propuesto/a tuviera la condición de empleado/a público/a estará
exento/a de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su
anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Organismo de
la Administración Pública de quien dependa, acreditando su condición y demás
circunstancias que consten en su expediente personal.
Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor la persona propuesta no
presentase la documentación o del examen de la misma se dedujese que carece
de los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado/a, quedando anuladas todas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por
falsedad en su instancia solicitando tomar parte en el proceso selectivo. En este caso el
Ilmo. Sr. Alcalde efectuará nombramiento a favor de quien habiendo alcanzado la
puntuación mínima exigida en los ejercicios de la oposición, siga en el orden de
clasificación definitiva.
Cód.
Validación:
9DGSQEDNMKJCNWDGESD9XXNTT
Verificación:
https://logrosan.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2025-3689
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 17 de julio de 2025
N.º 0135
Pág. 16664
PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.
La calificación definitiva de los/as opositores/as vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios que conforman la oposición, en
su caso, efectuada la cual, el tribunal publicará en el lugar de celebración del
último ejercicio y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de
Logrosán, anuncio en que aparezcan los resultados finales por orden de puntuación
total del proceso de selección y la propuesta a la Alcaldía sobre la relación de
aspirantes aprobados/as y propuesto/a para su nombramiento, no pudiendo superar
estos/as el número de plazas convocadas, de tal modo que resultará seleccionado/a
el/la aspirante que mayor puntuación haya obtenido y elevará dicha propuesta al
órgano competente de la Corporación para sus efectos.
De producirse empate en dicha clasificación final, éste se dirimirá por aquel/aquella
aspirante que haya obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio de la oposición.
La persona aspirante propuesta para su nombramiento presentará ante el Ayuntamiento
de Logrosán, dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al
de la publicación del resultado final de la oposición, los siguientes documentos
acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos que para tomar parte en la
misma se exigen en la base segunda de la convocatoria:
a) Fotocopia compulsada del DNI.
b) Fotocopia debidamente compulsada de la titulación académica o resguardo
acreditativo de haber abonado los derechos para la expedición de dicho título, así
como fotocopia compulsada de cualquier otro título o permiso exigido en la
convocatoria.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio en ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a
para el ejercicio de funciones públicas, o de no estar sometido/a a sanción disciplinaria
o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública para los/as
aspirantes que no posean la nacionalidad española
d)Certificado médico extendido en impreso oficial y firmado por un colegiado/a en
ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el/la aspirante posee la
capacidad funcional para el desarrollo de las tareas.
e) Certificación negativa de antecedentes de Delitos de Naturaleza Sexual
Si el/la aspirante propuesto/a tuviera la condición de empleado/a público/a estará
exento/a de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su
anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Organismo de
la Administración Pública de quien dependa, acreditando su condición y demás
circunstancias que consten en su expediente personal.
Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor la persona propuesta no
presentase la documentación o del examen de la misma se dedujese que carece
de los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado/a, quedando anuladas todas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por
falsedad en su instancia solicitando tomar parte en el proceso selectivo. En este caso el
Ilmo. Sr. Alcalde efectuará nombramiento a favor de quien habiendo alcanzado la
puntuación mínima exigida en los ejercicios de la oposición, siga en el orden de
clasificación definitiva.
Cód.
Validación:
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Jueves, 17 de julio de 2025
N.º 0135
Pág. 16664