Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Barrado. (BOP-2025-3626)
BOP-2025-3626 Bases Reguladoras de la convocatoria para la adjudicación de una Licencia de Uso Común Especial del Dominio Público a fin de que se instale y explote una Barra de Bar durante la Festividad de las Fiestas del Cristo 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE BARRADO
PLAZA DE ESPAÑA, 1 C.P. 10.696
en todo caso con la normativa que resulte de aplicación y respetando el objeto de la
licencia demanial.
h) Cumplir las disposiciones de carácter general, en especial las referentes al ruido,
cumplimiento de horarios y condiciones higiénico-sanitarias para la venta de alimentos y
bebidas, así como cualquier otra normativa de obligado cumplimiento. El/La titular de la
licencia demanial responderá directamente de las responsabilidades administrativas o
judiciales derivadas del incumplimiento de la normativa aplicable y de la no obtención de
los permisos legales necesarios para el ejercicio de la actividad, así como del
incumplimiento de las condiciones ofertadas. No podrá exigirse responsabilidad por este
motivo al Ayuntamiento de Barrado, ni siquiera de forma subsidiaria.
i) Contratar y abonar todo tipo de suministros necesarios para la instalación y explotación
de la barra.
j) Permitir el acceso al personal designado por el Ayuntamiento de Barrado para realizar las
visitas de inspección y acatar las órdenes que, como resultado de tales visitas, se den para
exigir el cumplimiento de obligaciones del/de la autorizado/a.
k) Cumplir la normativa en materia laboral, Seguridad Social, seguridad y salud en el
trabajo y prevención de riesgos laborales. No podrá exigirse responsabilidad por los
incumplimientos en esta materia al Ayuntamiento de Barrado, ni siquiera de forma
subsidiaria.
l) El/La autorizado/a no podrá, en ningún caso, vender bebidas alcohólicas a menores de 18
años, debiendo colocar un cartel informando de esta circunstancia. El incumplimiento de
esta norma conllevará la sanción legal correspondiente, al margen de la cancelación de la
licencia demanial de instalación y explotación de la barra.
m) Mantener expuesta una lista completa de todos los productos y servicios que ofrezca, con
indicación de los precios unitarios de forma permanente y en lugar visible a los/as
usuarios/as y en condiciones legibles.
n) Mantener limpia la zona ocupada por las instalaciones de la barra y los aledaños, donde
se dispensen las bebidas.
o) Instalar contenedores en la barra de tamaño adecuado para la actividad que ejerzan a fin
de que se reciclen materiales, y como mínimo de papel, vidrio y plástico, e informar al
personal de la misma de la obligación de reciclar.
Cód.
Validación:
9L2LXDZYRQ36JAZHEG4NDPYF6
Verificación:
https://barrado.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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BOP-2025-3626
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 15 de julio de 2025
N.º 0133
Pág. 16515
PLAZA DE ESPAÑA, 1 C.P. 10.696
en todo caso con la normativa que resulte de aplicación y respetando el objeto de la
licencia demanial.
h) Cumplir las disposiciones de carácter general, en especial las referentes al ruido,
cumplimiento de horarios y condiciones higiénico-sanitarias para la venta de alimentos y
bebidas, así como cualquier otra normativa de obligado cumplimiento. El/La titular de la
licencia demanial responderá directamente de las responsabilidades administrativas o
judiciales derivadas del incumplimiento de la normativa aplicable y de la no obtención de
los permisos legales necesarios para el ejercicio de la actividad, así como del
incumplimiento de las condiciones ofertadas. No podrá exigirse responsabilidad por este
motivo al Ayuntamiento de Barrado, ni siquiera de forma subsidiaria.
i) Contratar y abonar todo tipo de suministros necesarios para la instalación y explotación
de la barra.
j) Permitir el acceso al personal designado por el Ayuntamiento de Barrado para realizar las
visitas de inspección y acatar las órdenes que, como resultado de tales visitas, se den para
exigir el cumplimiento de obligaciones del/de la autorizado/a.
k) Cumplir la normativa en materia laboral, Seguridad Social, seguridad y salud en el
trabajo y prevención de riesgos laborales. No podrá exigirse responsabilidad por los
incumplimientos en esta materia al Ayuntamiento de Barrado, ni siquiera de forma
subsidiaria.
l) El/La autorizado/a no podrá, en ningún caso, vender bebidas alcohólicas a menores de 18
años, debiendo colocar un cartel informando de esta circunstancia. El incumplimiento de
esta norma conllevará la sanción legal correspondiente, al margen de la cancelación de la
licencia demanial de instalación y explotación de la barra.
m) Mantener expuesta una lista completa de todos los productos y servicios que ofrezca, con
indicación de los precios unitarios de forma permanente y en lugar visible a los/as
usuarios/as y en condiciones legibles.
n) Mantener limpia la zona ocupada por las instalaciones de la barra y los aledaños, donde
se dispensen las bebidas.
o) Instalar contenedores en la barra de tamaño adecuado para la actividad que ejerzan a fin
de que se reciclen materiales, y como mínimo de papel, vidrio y plástico, e informar al
personal de la misma de la obligación de reciclar.
Cód.
Validación:
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