Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrejoncillo. (BOP-2025-2019)
BOP-2025-2019 Aprobación definitiva Plan Estratégico de Subvenciones 2025.
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unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, pueda
llevar a cabo los proyectos o actividades o comportamientos que se encuentren en situación
que motiva la subvención) y que cumplan con los siguientes requisitos:
a. Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los/as beneficiarios/as.
b. Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución
de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento
singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo
el/a beneficiario/a cumplir las obligaciones materiales y formales que se hubieran
establecido.
c. Que el proyecto, la acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el
fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una
finalidad pública para nuestro municipio.
Entre los objetivos principales que se quieren desarrollar se encuentran actividades sociales,
culturales, educativas, deportivas y de participación ciudadana. Dichos objetivos deben
concretarse en:
- La promoción de estrategias de sensibilización respecto a los intereses y diferentes
grupos de población.
- Promover la integración social y no discriminación.
- Promover los principios de igualdad y de solidaridad.
- Promover los valores en el ejercicio de ocio y tiempo libre.
- Promoción de manifestaciones culturales en todos los ámbitos.
- Promoción de las actividades deportivas, sobre la consideración de su valor integrador
y de desarrollo de valores sociales y humanos.
I.4.- Principios básicos en materia de subvenciones.
La acción de fomento que se ha de materializar en la concesión de la subvención y que deberá
ser otorgada por el órgano competente, se realizará de conformidad con lo establecido en la
Ley General de Subvenciones, su reglamento de desarrollo y demás normativa, y sobre los
siguientes principios básicos:
CVE:
BOP-2025-2019
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 25 de abril de 2025
N.º 0078
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llevar a cabo los proyectos o actividades o comportamientos que se encuentren en situación
que motiva la subvención) y que cumplan con los siguientes requisitos:
a. Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los/as beneficiarios/as.
b. Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución
de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento
singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo
el/a beneficiario/a cumplir las obligaciones materiales y formales que se hubieran
establecido.
c. Que el proyecto, la acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el
fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una
finalidad pública para nuestro municipio.
Entre los objetivos principales que se quieren desarrollar se encuentran actividades sociales,
culturales, educativas, deportivas y de participación ciudadana. Dichos objetivos deben
concretarse en:
- La promoción de estrategias de sensibilización respecto a los intereses y diferentes
grupos de población.
- Promover la integración social y no discriminación.
- Promover los principios de igualdad y de solidaridad.
- Promover los valores en el ejercicio de ocio y tiempo libre.
- Promoción de manifestaciones culturales en todos los ámbitos.
- Promoción de las actividades deportivas, sobre la consideración de su valor integrador
y de desarrollo de valores sociales y humanos.
I.4.- Principios básicos en materia de subvenciones.
La acción de fomento que se ha de materializar en la concesión de la subvención y que deberá
ser otorgada por el órgano competente, se realizará de conformidad con lo establecido en la
Ley General de Subvenciones, su reglamento de desarrollo y demás normativa, y sobre los
siguientes principios básicos:
CVE:
BOP-2025-2019
Verificable
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