Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrejoncillo. (BOP-2025-2019)
BOP-2025-2019 Aprobación definitiva Plan Estratégico de Subvenciones 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se
pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y
sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de
estabilidad presupuestaria».
Uno de los principios que rigen esta ley es la transparencia. Las Administraciones deberán
hacer públicas las subvenciones que concedan, y, a la vez, la ley establece la obligación de
formar una base de datos de ámbito nacional que contenga información relevante sobre todas
las subvenciones concedidas.
De esta forma, la elaboración del Plan Estratégico de Subvenciones, en conjunción con la
aprobación del presupuesto general anual, supone el cumplimiento del mandato legal de
respeto escrupuloso a los principios de transparencia y equilibrio presupuestario.
Dicho Plan deberá confeccionarse con carácter previo a cualquier propuesta de otorgamiento
de subvenciones y las líneas estratégicas de actuación que se planteen deberán estar
recogidas en el Plan Estratégico de Subvenciones Municipales.
CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES.
I.1.- Naturaleza jurídica.
El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento de gestión de carácter programático,
que carece de rango normativo y cuya aprobación no genera derechos ni obligaciones; su
efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de
subvención, atendiendo entre otros condicionantes a la disponibilidad presupuestaria.
I.2.- Competencia y vigencia.
La vigencia del presente Plan Estratégico de subvenciones se establece para el ejercicio
económico 2025.
En el supuesto de que concluido el ejercicio económico no se hubiese aprobado aún un nuevo
Plan Estratégico, el presente se entenderá prorrogado en aquellas líneas de actuación que se
vayan a seguir realizando, siempre que para ello, se cuente con consignación presupuestaria.
I.3.- Objetivos y principios generales.
Se entiende por subvención, a efectos de este Plan, toda disposición dineraria realizada por el
Ayuntamiento a favor de personas públicas o privadas o entes sin personalidad jurídica
(personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, comunidad de bienes o cualquier otro tipo de
CVE:
BOP-2025-2019
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 25 de abril de 2025
N.º 0078
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pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y
sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de
estabilidad presupuestaria».
Uno de los principios que rigen esta ley es la transparencia. Las Administraciones deberán
hacer públicas las subvenciones que concedan, y, a la vez, la ley establece la obligación de
formar una base de datos de ámbito nacional que contenga información relevante sobre todas
las subvenciones concedidas.
De esta forma, la elaboración del Plan Estratégico de Subvenciones, en conjunción con la
aprobación del presupuesto general anual, supone el cumplimiento del mandato legal de
respeto escrupuloso a los principios de transparencia y equilibrio presupuestario.
Dicho Plan deberá confeccionarse con carácter previo a cualquier propuesta de otorgamiento
de subvenciones y las líneas estratégicas de actuación que se planteen deberán estar
recogidas en el Plan Estratégico de Subvenciones Municipales.
CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES.
I.1.- Naturaleza jurídica.
El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento de gestión de carácter programático,
que carece de rango normativo y cuya aprobación no genera derechos ni obligaciones; su
efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de
subvención, atendiendo entre otros condicionantes a la disponibilidad presupuestaria.
I.2.- Competencia y vigencia.
La vigencia del presente Plan Estratégico de subvenciones se establece para el ejercicio
económico 2025.
En el supuesto de que concluido el ejercicio económico no se hubiese aprobado aún un nuevo
Plan Estratégico, el presente se entenderá prorrogado en aquellas líneas de actuación que se
vayan a seguir realizando, siempre que para ello, se cuente con consignación presupuestaria.
I.3.- Objetivos y principios generales.
Se entiende por subvención, a efectos de este Plan, toda disposición dineraria realizada por el
Ayuntamiento a favor de personas públicas o privadas o entes sin personalidad jurídica
(personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, comunidad de bienes o cualquier otro tipo de
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