Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zorita. (BOP-2021-5218)
BOP-2021-5218 Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal reguladora de normas de régimen interno Proyecto Escuela Profesional Dual Zona Centro Te Forma III.
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E.P.D “ZONA CENTRO DE FORMA III”
C) Se tramitará por la Entidad Promotora a través del procedimiento establecido en el Estatuto de los
Trabajadores.
En cualquier caso, la realización por los alumnos-trabajadores de jornadas de trabajo inferiores a la du-
ración establecida sin la oportuna justificación legal dará lugar a su acumulación, llevando a cabo la
deducción de haberes al completar una jornada laboral. Dicho descuento de haberes se hará efectivo en
nómina, poniéndolo en conocimiento del interesado y de la Entidad Promotora.
Cuando el/la Monitor/a respectivo tenga indicios razonables de embriaguez o toxicomanía del trabaja-
dor, remitirá a las autoridades competentes para la realización de las pruebas oportunas a fin de deter-
minar su estado. La negativa del trabajador a la realización de dichas pruebas o el resultado positivo
de las mismas, supondrá la exclusión del trabajador de las actividades durante el resto de la jornada.
Los hechos se pondrán en conocimiento del Concejal Delegado de Personal a efectos de tramitar el co-
rrespondiente expediente disciplinario.
Artículo 10. PRESCRIPCIÓN
No
Artículo 11. CANCELACIÓN
Las sanciones impuestas se anotarán en el expediente personal del sancionado y se cancelarán con la
finalización del Programa.
PERMISOS CON DERECHO A RETRIBUCIÓN
Por licencia o permiso se entiende la cesación temporal, no periódica, de la prestación de servicios por
causas determinadas y/o establecidas por la ley que, en general son retribuibles por el empresario. Con
razonable antelación, mínimo tres días (siempre que sea posible), el trabajador debe poner en
conocimiento de la dirección del Proyecto el motivo de su ausencia del puesto de trabajo; con el fin de
organizar el trabajo y poder sustituirlo en sus funciones. Igualmente debe justificar, previa y
posteriormente, el motivo alegado El trabajador podrá ausentarse del trabajo, con derecho a
remuneración por alguno de los motivos y por el tiempo correspondiente, en las situaciones detalladas
a continuación:
Situaciones:
1. Quince días naturales en caso de matrimonio.
2. Por paternidad, cuatro semanas ininterrumpidas por nacimiento de hijo, ampliables en 2 días
más por cada hijo a partir del segundo.
3. Dos días en los casos de ingresos hospitalarios por enfermedad grave, intervenciones
quirúrgicas ó fallecimiento de parientes hasta segundo grado de consanguinidad ó afinidad.
Cuando, con tal motivo, el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto (+ 200
Km/Ida y 200 Km/vuelta), el plazo será de cuatro días. Los parientes comprendidos en este
supuesto son tanto los del propio trabajador (por consanguinidad) como los de su cónyuge
(por afinidad): hijos, nietos, padres, abuelos y hermanos.
4. Un día por traslado del domicilio habitual.
5. Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, por el tiempo
indispensable
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CVE:
BOP-2021-5218
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 24 de noviembre de 2021
N.º 0224
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