Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zorita. (BOP-2021-5218)
BOP-2021-5218 Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal reguladora de normas de régimen interno Proyecto Escuela Profesional Dual Zona Centro Te Forma III.
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E.P.D “ZONA CENTRO DE FORMA III”
b) La falta de asistencia sin justificar durante 3 días seguidos en el centro de formación, centro de
prácticas y/o entornos de actuación.
c) La falta de asistencia al trabajo, tanto justificado como injustificado, que acumulado suponga
un mínimo del 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos ó el 25% en cuatro me-
ses discontinuos dentro del periodo 12 meses.
d) Atacar a la integridad física o moral de los alumnos ó personal del Proyecto, mantener con-
ductas antisociales o violentas dentro y fuera del centro, dentro del programa formativo.
e) La rotura y/o destrucción intencionada de maquinaria, herramientas, materiales e instalaciones
de la Escuela Profesional.
Artículo 9. SANCIONES
Por faltas leves:
- Amonestación verbal
- Entrevista con la Director-Gestor y comunicación por escrito de la falta cometida.
- 1ª Falta leve: Amonestación verbal y hasta 1 día de suspensión de empleo y sueldo.
- 2ª Falta leve: de 2 a 3 días de suspensión de empleo y sueldo.
A) Podrá promoverla cualquier miembro del equipo técnico del Proyecto o Entidad Promotora.
B) Las faltas leves las impondrá y las tramitará el Director-Gestor.
Por faltas graves:
- Entrevista con la Director-Gestor y comunicación por escrito de la falta cometida.
- 1ª Falta grave: suspensión de empleo y sueldo de hasta 4 días.
- 2ª Falta grave: suspensión de empleo y sueldo de hasta 10 días.
A) Podrá promoverla cualquier miembro del equipo técnico del Proyecto o de la Entidad Promotora.
B) Se impondrá por mayoría del equipo técnico del Proyecto y se dará traslado a la Entidad
Promotora.
C) Las tramitará el equipo técnico del Proyecto.
Por faltas muy graves:
- Entrevista con la Director-Gestor y con la Entidad Promotora y comunicación por escrito de la falta
cometida.
- Suspensión de empleo y sueldo de hasta treinta días o despido.
A) Podrá promoverla cualquier miembro del equipo técnico del Proyecto o de la Entidad Promotora.
B) Se impondrá por mayoría del Consejo (formado por el Equipo Técnico, el Delegado de los
alumnos del Proyecto y la Entidad Promotora).
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CVE:
BOP-2021-5218
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 24 de noviembre de 2021
N.º 0224
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