Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Vegaviana. (BOP-2020-3677)
BOP-2020-3677 Aprobación Definitiva de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tarjeta de Estacionamiento para Personas con Discapacidad por Movilidad Reducida y Derogación de la anterior Ordenanza.
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del Grado de Discapacidad, dictaminada por los equipos multiprofesionales de
calificación y reconocimiento del grado de discapacidad.
b) Que muestren en el mejor ojo una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con
corrección, o un campo visual reducido a 10 grados o menos, dictaminada por los
equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad.
Podrán, asimismo, obtener la tarjeta de estacionamiento las personas físicas o jurídicas
titulares de vehículos destinados exclusivamente al transporte colectivo de personas con
discapacidad que presten servicios sociales de promoción de la autonomía personal y de
atención a la dependencia a que se refiere la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción
de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, así como
los servicios sociales a los que se refiere el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de
las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobado por Real Decreto Legislativo
1/2013, de 29 de noviembre.
De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional primera del Real Decreto 1056/2014,
de 12 de diciembre, podrán concederse tarjetas de estacionamiento con carácter provisional
atendiendo a razones humanitarias, excepcionalmente se concederá una tarjeta de
estacionamiento de carácter provisional a las personas que presenten movilidad reducida,
aunque esta no haya sido dictaminada oficialmente, por causa de una enfermedad o patología
de extrema gravedad que suponga fehacientemente una reducción sustancial de la esperanza
de vida que se considera normal para su edad y demás condiciones personales, y que
razonablemente no permita tramitar en tiempo la solicitud ordinaria de la tarjeta de
estacionamiento.
Para la obtención de la tarjeta de estacionamiento provisional, la acreditación de los extremos
enunciados anteriormente se efectuará mediante la emisión del correspondiente certificado por
el personal médico facultativo de los servicios públicos de salud.
A las/os titulares de la tarjeta de estacionamiento provisional les serán de aplicación los
derechos, obligaciones y condiciones de uso regulados en esta norma, durante el tiempo que
dure su concesión.
La concesión de la tarjeta de carácter provisional tendrá una duración máxima de un año,
pudiendo prorrogarse por un periodo igual, siempre que se mantengan las condiciones iniciales
requeridas para su otorgamiento.
El Ayuntamiento de Vegaviana podrá realizar las actuaciones necesarias para la comprobación
de la concurrencia de los requisitos previstos en este artículo.
CVE:
BOP-2020-3677
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de octubre de 2020
N.º 0189
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