Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Vegaviana. (BOP-2020-3677)
BOP-2020-3677 Aprobación Definitiva de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tarjeta de Estacionamiento para Personas con Discapacidad por Movilidad Reducida y Derogación de la anterior Ordenanza.
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Además de cumplir los requisitos anteriores, deberán cumplir los siguientes:
a) No encontrarse, por razón de su estado de salud u otras causas, imposibilitada/o para
efectuar desplazamientos fuera de su domicilio habitual.
b) Estar empadronada/o y residir en el municipio.
c) No ser titular de una tarjeta de estacionamiento concedida anteriormente de
conformidad con el registro extremeño de tarjetas de estacionamiento para personas
con discapacidad por movilidad reducida.
ARTÍCULO 3. Plazas de aparcamiento.
Las plazas de aparcamiento reservadas para las/os titulares de la tarjeta de estacionamiento
de vehículos automóviles para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida
cumplirán lo siguiente:
a) Los principales centros de actividad deberán disponer de un mínimo de una plaza de
aparcamiento reservada y diseñada para su uso por personas titulares de la tarjeta de
estacionamiento por cada cuarenta plazas o fracción, independientemente de las plazas
destinadas a residencia o lugares de trabajo.
Se determina que tienen la condición de centro de actividad las siguientes zonas del núcleo
urbano:
Ronda de la Parada, en las inmediaciones de las piscinas municipales y la Casa de
Cultura.
Plaza Don José Luis Fernández del Amo, en las inmediaciones del Excmo.
Ayuntamiento de Vegaviana.
Calle El Cerro, en las inmediaciones de la Residencia de Mayores “El Encinar”
b) Además, deberá reservarse para su uso por titulares de tarjeta de estacionamiento:
Al menos el dos por ciento de las plazas de aparcamiento situadas en las vías públicas
y espacios públicos vinculados a la vía pública.
Una por cada veinte o fracción en las inmediaciones de los centros sanitarios,
asistenciales y/o de atención a la discapacidad.
Las plazas de aparcamiento reservadas para las/os titulares de la tarjeta de estacionamiento
de vehículos automóviles para personas con discapacidad se ubicarán cerca de las entradas
accesibles a edificios y servicios públicos de la zona para facilitar el acceso a las personas con
CVE:
BOP-2020-3677
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de octubre de 2020
N.º 0189
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