Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2020-3643)
BOP-2020-3643 Bases convocatoria de pruebas selectivas, para la cobertura del puesto de trabajo de Director/a de la Oficina de Desarrollo Urbano y Ciudad Histórica, reservado a personal directivo, del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.
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idoneidad y adecuación del perfil profesional de la persona candidata, en relación con las
funciones a realizar.
3.4. Únicamente se tendrán en cuenta los requisitos y méritos que se cumplan en la fecha de
finalización del plazo de presentación de instancias.
CUARTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Alcalde Presidente, dictará
resolución declarando aprobada la lista provisional de personas aspirantes admitidas y
excluidas, con indicación de las causas de exclusión, que se hará pública en el Boletín Oficial
de la Provincia, indicando que la lista certificada de aspirantes estará expuesta en el Tablón de
Anuncios del Ayuntamiento.
En la resolución se hará constar que los/as aspirantes cuentan con un plazo de diez días
hábiles para subsanación de defectos y posibles reclamaciones. Asimismo, aquellos/as
aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán
manifestarlo en el mismo plazo.
Aquellas personas que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó la
exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidas en la relación de
admitidos/as, serán definitivamente excluidas del proceso.
4.2. Terminado el plazo de subsanación de errores y reclamaciones se publicará en el Boletín
Oficial de la Provincia, resolución elevando a definitiva la lista provisional de personas
aspirantes admitidas y excluidas, incluyendo en su caso a los/as excluidos/as que hayan
subsanado errores u omisiones.
QUINTA. ÓRGANO TÉCNICO DE VALORACIÓN.
5.1. Al objeto de valorar a las personas candidatas, se constituye un órgano técnico de
valoración, que tendrá la categoría primera, que se establece en el artículo 30 y Anexo IV del
Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, integrado por los siguientes miembros:
Presidencia: Un/a empleado/a público/a designado/a por la Alcaldía.
Vocales:
Dos empleados/as públicos/as expertos/as en la materia designados/as por la Alcaldía.
Un/a empleado/a público/a designado/a por la Junta de Extremadura.
CVE:
BOP-2020-3643
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de septiembre de 2020
N.º 0188
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