Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2020-3643)
BOP-2020-3643 Bases convocatoria de pruebas selectivas, para la cobertura del puesto de trabajo de Director/a de la Oficina de Desarrollo Urbano y Ciudad Histórica, reservado a personal directivo, del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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requisitos y de los criterios de selección a que se refiere la base sexta de esta convocatoria, así
como a la competencia para proceder al mismo.
No obstante, podrá declararse desierta la convocatoria cuando ninguna de las personas
aspirantes reúna los requisitos exigidos o no son consideradas idóneas para el desempeño del
mismo.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 13 del Estatuto Básico del Empleado Público, el/la
candidato/a finalmente contratado/a estará sujeto a evaluación con arreglo a los criterios de
eficacia y eficiencia, responsabilidad por su gestión y control de resultados en relación con los
objetivos que se le fijen.
7.2. La persona candidata será nombrada y cesada libremente por el Ilmo. Sr. Alcalde
Presidente y su nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia.
7.3. El/la aspirante seleccionado/a será nombrado/a personal directivo profesional y sujeto a
una relación laboral especial de alta dirección, de carácter temporal. Se regirá por las cláusulas
establecidas en el contrato y por lo dispuesto en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto,
por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección, el
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura y demás normativa que le resulte de aplicación.
OCTAVA. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.
La persona seleccionada deberá aportar los siguientes documentos acreditativos de las
condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria:
a) La comprobación o constancia de los datos de identidad se realizará de oficio por el
órgano técnico de valoración, salvo que la persona interesada se opusiera a ello de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso,
deberá presentar copia compulsada o mediante código seguro de verificación del
documento acreditativo de identidad.
b) Título, fotocopia debidamente compulsada de la titulación académica exigida o
certificación académica que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos
correspondientes, así como abonados los derechos para la expedición de dicho título.
c) Declaración responsable indicando no haber sido separado mediante expediente
CVE:
BOP-2020-3643
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de septiembre de 2020
N.º 0188
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como a la competencia para proceder al mismo.
No obstante, podrá declararse desierta la convocatoria cuando ninguna de las personas
aspirantes reúna los requisitos exigidos o no son consideradas idóneas para el desempeño del
mismo.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 13 del Estatuto Básico del Empleado Público, el/la
candidato/a finalmente contratado/a estará sujeto a evaluación con arreglo a los criterios de
eficacia y eficiencia, responsabilidad por su gestión y control de resultados en relación con los
objetivos que se le fijen.
7.2. La persona candidata será nombrada y cesada libremente por el Ilmo. Sr. Alcalde
Presidente y su nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia.
7.3. El/la aspirante seleccionado/a será nombrado/a personal directivo profesional y sujeto a
una relación laboral especial de alta dirección, de carácter temporal. Se regirá por las cláusulas
establecidas en el contrato y por lo dispuesto en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto,
por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección, el
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura y demás normativa que le resulte de aplicación.
OCTAVA. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.
La persona seleccionada deberá aportar los siguientes documentos acreditativos de las
condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria:
a) La comprobación o constancia de los datos de identidad se realizará de oficio por el
órgano técnico de valoración, salvo que la persona interesada se opusiera a ello de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso,
deberá presentar copia compulsada o mediante código seguro de verificación del
documento acreditativo de identidad.
b) Título, fotocopia debidamente compulsada de la titulación académica exigida o
certificación académica que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos
correspondientes, así como abonados los derechos para la expedición de dicho título.
c) Declaración responsable indicando no haber sido separado mediante expediente
CVE:
BOP-2020-3643
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de septiembre de 2020
N.º 0188
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