Sección IV - Administración de Justicia. Servicios Comunes Generales. Servicio Común General de Cáceres. (BOP-2020-2224)
BOP-2020-2224 Ejecución Títulos Judiciales 94/2019.
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judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el que además
de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o
incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la
oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente
justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o
excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido
con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación e deudas admisible
como causa de oposición a la ejecución.
Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de
seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para
recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N. 2 abierta en
ESPAÑOL DE CRÉDITO, cuenta nº 1143 0000 debiendo indicar en el campo concepto,
"Recurso" seguida del código "30 Social-Reposición". Si el ingreso se hace mediante
transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el
"código 30 Social- Reposición". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá
especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o
distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida
utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio
Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos
Autónomos dependientes de ellos.
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.
EL/LA MAGISTRADO-JUEZ EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
DECRETO
Letrado de la Administración de Justicia D. DAVID MENDEZ CALVO.
En CACERES, a tres de diciembre de dos mil diecinueve.
ANTECEDENTES DE HECHO
ÚNICO.- En las presentes actuaciones se ha dictado auto despachando ejecución a favor de
VANESSA GOMEZ CLEMENTE, frente a JUAN CARLOS ARROYO FERNANDEZ por la
cantidad de 9.428,94 €, en concepto de principal, más otros 1.508,63 €, que se fijan
provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la
ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
CVE:
BOP-2020-2224
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de junio de 2020
N.º 0123
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