Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios del Valle del Ambroz. (BOP-2020-2215)
BOP-2020-2215 Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por recogida de Basuras.
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La cuota tributaria para el año 2020 y siguientes será semestral.
EPÍGRAFE. TIPO DE TARIFA. CUOTA.
1. Viviendas. 22,50 €.
2. Tiendas / Estancos / Otros comercios hasta 100 m2. 65,00 €.
3. Establecimientos comerciales de más de 100 m2 / Almacenes venta mayor / Venta
vehículos y surtidores. 195,50 €.
4. Bares de menos de 50 m2 / Cafeterías. 65,00 €.
5. Restaurantes. 195,50 €.
6. Discotecas / Cafés concierto. 130,50 €.
7. Campamentos / Entidades. 195,50 €.
8. Establecimientos hoteleros de gran ocupación: más de 80 plazas. 654,00 €.
9. Establecimientos hoteleros de mediana ocupación: entre 20 y 80 plazas. 327,00 €.
10. Establecimientos hoteleros de pequeña ocupación: entre 10 y 20 plazas. 195,50 €.
11. Industrias, talleres y otros de hasta 5 trabajadores. 65,00 €.
12. Entidades bancarias / Compañías de seguros / Gestorías / Abogados / Museos /
Profesionales. 98,00 €.
13. Industrias entre 5 y 20 trabajadores / Cooperativas agrícolas / Similares. 130,50 €.
14. Industrias de más de 20 trabajadores. 654,00 €.
15. Balnearios. 654,00 €.
16. Camping hasta 450 plazas / Bungalow. 654,00 €.
17. Gasolineras. 523,00 €.
18. Apartamentos y casas rurales de menos de 10 plazas. 98,00 €.
19. Restaurantes para banquetes y convenciones. 654,00 €.
CVE:
BOP-2020-2215
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de junio de 2020
N.º 0123
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