Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Piornal. (BOP-2020-2201)
BOP-2020-2201 Aprobación definitiva Ordenanza municipal del uso y tenencias de perros y animales domésticos.
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por lo tanto se contempla en esta nueva Ordenanza que de manera previa a la entrega de la
licencia por parte del Ayuntamiento, este se asegure de que la persona solicitante posea un
mínimo de conocimiento respecto a sus responsabilidades y obligaciones. Además se ha
producido en nuestro municipio un incremento notable del número de animales de compañía lo
que ha llevado aparejado una creciente demanda social de actuaciones para mejorar la
convivencia entre las personas propietarias de animales, animales de compañía y el resto de la
ciudadanía.
Por otro lado ha surgido un creciente interés por parte de la ciudadanía de promover el respeto
y la protección de todos los animales, haciendo de nuestro municipio un entorno amigo de los
animales, con todos sus derechos y en la obligación de recibir un trato digno y correcto, que en
ningún caso, suponga unas malas condiciones higiénico-sanitarias contrarias a su especie y
grado de desarrollo.
Destacar que este aspecto es cada vez más demandado por una sociedad concienciada del
respeto que merecen todos los seres vivos. El Excelentísimo Ayuntamiento de Piornal
consciente de la necesidad de regular la convivencia entre las personas y los animales de
compañía, pretende desarrollar una Ordenanza municipal reguladora de la tenencia de
animales en domicilios y espacios públicos en la localidad de Piornal que contemple los
criterios existentes en las Leyes de Protección Ambiental de Especies Silvestres de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, medidas específicas de control de la rabia, el
desarrollo del transporte animal, la participación ciudadana así como la protección y el respeto
debido a los animales domésticos o salvajes mantenidos o no en cautividad, la creación de las
colonias felinas controladas de especial importancia para nuestra localidad, así como las
normas de actuación y su control sanitario. Se establecen los criterios y cuantías
sancionadoras, ya que estas se deben adaptar al contexto social al que están encaminadas,
con el fin de alcanzar su objetivo, que no es otro que concienciar a la ciudadanía en el respeto
de las normas y en la defensa de la convivencia.
Todo lo anteriormente expuesto hace necesario elaborar una Ordenanza para adaptarla a las
necesidades reales de nuestro municipio en la que los animales domésticos en especial los
perros y los gatos juegan un papel preponderante. Con esta Ordenanza pretendemos lograr
una convivencia lo más pacífica posible evitando los riesgos para la salud pública, sin olvidar la
importante labor social que cumplen estos animales:
Compañía, ayuda, seguridad e incluso terapéutica o de control de superpoblaciones de otros
animales (colonias felinas urbanas). En definitiva, el excelentísimo Ayuntamiento de Piornal en
Pleno, con el fin de completar la reglamentación de la tenencia y protección de todo tipo de
animales en el municipio de Piornal y su término municipal, acuerda, al amparo de la facultad
CVE:
BOP-2020-2201
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de junio de 2020
N.º 0123
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